Resolución N° 10/016 Resolución 10/2016

Excepción del requisito de inscripción en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) a aquellas contrataciones en que, con independencia de su fuente de financiamiento, se pacte el pago del precio al contado y su monto sea inferior al 15% (quince por ciento) del límite máximo establecido en el literal B) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF).

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