Campaña de IRPF-IASS 2024

A partir del 17 de junio comienzan las devoluciones automáticas para trabajadores dependientes
Un número importante de contribuyentes tienen un crédito para cobrar sin necesidad de realizar la Declaración Jurada, el cual estará disponible a partir del 17 de junio de 2024 en redes de cobranza.
Aquellos contribuyentes que ya le hayan comunicado a su banco la opción de devolución a través de la red bancaria tendrán disponible su crédito desde el 14 de junio. Para verificarlo consulte a su banco o en nuestro portal ingresando con identidad digital en Servicios en Línea / Consultas / Consulta detallada de Afiliación bancaria.
Para conocer el monto de la devolución automática puede ingresar con Identidad digital a Consulta de Devoluciones en Servicios en línea. También podrá consultarse por la app de DGI o por Whatsapp al 098 134400.
Más información sobre cómo cobrar las devoluciones.
A partir del 26 de junio los contribuyentes de IRPF e IASS tendrán disponible en nuestro portal el formulario de Declaración Jurada en línea con información precargada correspondiente al año 2023
Contribuyentes de IRPF
Pueden realizar su declaración jurada con la información precargada de su actividad del año 2023 a través de la app de DGI o accediendo a nuestro Portal Web, con la Identidad digital.
Asimismo, el contribuyente puede autorizar a un tercero a realizar y enviar la declaración jurada en su nombre, a través del servicio de Asignación de roles. Más información.
Los trabajadores dependientes podrán confirmarla o modificarla, en caso de corresponder, de una forma muy sencilla y rápida.
Los trabajadores independientes además deberán completar los ingresos y verificar pagos y retenciones por su actividad independiente.
Estos trabajadores contarán también con el formulario 1302 en línea con datos precargados para la declaración jurada de IVA Servicios Personales, que tiene el mismo plazo de presentación que la declaración IRPF: del 8 de julio al 29 de agosto. El formulario 1302 en línea es una forma más rápida, eficiente y simple de confeccionar la declaración jurada, ya que cuenta con información precargada y actualizada, en base a lo informado por el contribuyente y por terceros.
La mayoría de las personas (contribuyentes) no están obligadas a presentar su Declaración Jurada. ¿Quiénes están obligados a presentar declaración jurada de IRPF?
Chequear, confirmar y listo: la declaración de IRPF en 3 pasos.
Contribuyentes de IASS
Los jubilados y pensionistas que presenten Declaración Jurada, tendrán en la página WEB de la DGI un formulario con todos los ingresos por pasividades y pensiones, y retenciones de las diferentes instituciones previsionales. Estos datos no se pueden modificar. Sólo se podrá agregar de una forma muy sencilla los créditos por alquiler. Para ingresar al formulario se requiere tener una clave, que en caso de no tenerla, se obtiene en las redes de cobranza presentando la Cédula de Identidad. También podrá ingresar con su identidad digital.
Asimismo, el contribuyente puede autorizar a un tercero a realizar la declaración jurada en su nombre, a través del servicio de Asignación de roles. Más información.
Los pasivos que se hayan jubilado por el régimen de AFAPs deben presentar la declaración jurada de IASS del año 2023 si sus ingresos anuales superan los $ 881.055, o sin haber superado dicho importe no presentaron el formulario 3800.
La mayoría de las personas (contribuyentes) no están obligadas a presentar su Declaración Jurada. ¿Quiénes están obligados a presentar declaración jurada del IASS?
Chequear, confirmar y listo: la declaración de IASS en 3 pasos
A partir del 26 de junio brindaremos asistencia telefónica para presentar la Declaración Jurada vía Web
Si los contribuyentes tienen consultas sobre cómo completar el Formulario en línea del IRPF o IASS, no es necesario que se trasladen a nuestras oficinas ya que podrán consultar telefónicamente al 1344 opción 4, en días hábiles en el horario de 9:15:00 a 15:45 horas.
A partir del 15 de julio brindaremos asistencia personalizada a trabajadores dependientes, jubilados y pensionistas
Si el contribuyente desea ser asistido por DGI, debe agendarse previamente por distintas vías: por Web, por Whatsapp al 098 134400 o llamando al 151 desde Montevideo y 2151 desde el interior, en el horario de 10:00 a 16:00 horas.
La agenda estará disponible a partir del 10 de julio.
A partir de fines de julio se cobrarán las devoluciones con origen en la declaración jurada
Luego de efectuados los controles correspondientes, podrán cobrarse las devoluciones en bancos o redes de cobranzas antes de fin de mes, siempre que la declaración jurada haya sido presentada antes del día 15. En los demás casos, se cobrará dentro del mes siguiente.
Se informará por SMS al celular registrado por el contribuyente si la devolución se encuentra disponible para cobrar o si presenta observaciones que surjan de los controles.
El estado de estas devoluciones podrá verificarse en Consulta de Devoluciones de Servicios en Línea, ingresando con la Identidad digital. También a través de la app de DGI o por Whatsapp al 098 134400.
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