Ayudantía Militar

La Ayudantía Militar del Ministro será desempeñada por Coroneles o Tenientes Coroneles o equivalentes en actividad, uno de cada Fuerza y se integrará con el personal necesario.

A la Ayudantía Militar del Ministro compete:

  • Asistir desde el punto de vista técnico.
  • Tramitar todos los asuntos de carácter militar relacionados con la tarea del Ministro y por indicación de éste.
  • Cumplir todo otro cometido que se le encomiende.

Decreto 215/010