Se trata de un derecho que poseen todos los aportantes al F.E.T.S. (Fondo Especial de Tutela Social).
La Biblioteca – Mapoteca del Instituto Geográfico Militar (IGM) es una biblioteca especializada en todos aquellos temas relacionados con la producción cartográfica de cartas. Cuenta con las siguientes secciones: mapoteca y biblioteca.
Mapoteca:
Biblioteca:
Cuenta también con una sección de Historia que abarca en general a nuestro país y a los países limítrofes.
Es el derecho que adquieren determinados causahabientes de los integrantes de las Fuerzas Armadas con un fin de Previsión Social por el cual se otorga una asignación mensual.
De acuerdo a las normas en vigencia al momento del fallecimiento del causante.Al fallecer una pensionista, su cuota parte pensionaria acrecerá la de los demás copartícipes, si los hubiere, a partir de los 6 meses de haberse producido el fallecimiento o fecha de fijación, procediéndose a una nueva distribución pensionaria.
Es la Acumulación de Servicios Prestados al amparo de diferentes Organismos de Previsión Social, a los efectos de configurar causal de Jubilación, Retiro o Pensión en alguno de los organismos involucrados en dicha Acumulación.
Ley 17.819 de fecha 6/9/2004.
Adquisición por primera vez o suscripción de la Publicación de Información Aeronáutica (AIP) y sus conexos (AIC, AIRAC, Suplementos y Sumarios de Notam).
Adquisición y empleo de Materiales Explosivos por empresas de todo el país.
Es el beneficio que se otorga a Retirados y Pensionistas que tienen menores de 18 años a su cargo y/o hijos con incapacidad permanente, mientras que el titular reviste.
Incorporación de motor y/o cambio de motor en embarcaciones ya matriculadas.
Es la solicitud de información de los propietarios inscriptos ante la Prefectura Nacional Naval que ha tenido una embarcación de matrícula nacional, así como la deuda existente por concepto de tasa anual por expedición de matrículas.
Es el pago inicial que realiza el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas (SRPFFAA) al mes próximo a su baja presupuestal (siempre y cuando llegue al SRPFFAA la información necesaria) hasta que por Resolución Ministerial se fije el haber de retiro definitivo.
Su vigencia es hasta que el titular sea presupuestado como Retirado Militar.