Inspección Administrativa

La Inspección Administrativa se integrará con un número variable de Fiscales Administrativos e Instructores designados por el Ministro.

A la Inspección Administrativa compete:

  • Realizar las inspecciones, informaciones sumarias y controles de auditoría que se dispongan.
  • Efectuar las investigaciones y sumarios administrativos que le fueren encomendados.

Decreto 215/010