DNPPF

Sobre nosotros

Información institucional de la Dirección Nacional de Pasos de Frontera

Antecedentes:

La Dirección Nacional de Pasos de Frontera (DNPPF), dependiente del Ministerio de Defensa Nacional (MDN.), fue creada en el año 1974. Su existencia se consolidó cuando la República Oriental del Uruguay suscribió el Tratado del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) en el año 1991.

De acuerdo a la normativa vigente en nuestro país y en los Estados Parte limítrofes, todo turista que ingresa o egresa por vía terrestre a través de las fronteras, deberá someterse a controles migratorios, aduaneros, transporte, fito y zoosanitarios. Además, los vehículos son sometidos a controles por parte de las autoridades de transporte de los países de ingreso y egreso.

En el ámbito Mercosur, la DNPPF. es miembro nato del Comité Técnico Nº 2 «Asuntos Aduaneros» (CT2), y dentro de él, especialmente en el Sub Comité de Trabajo «Control y Operatoria de Frontera» (SCT/COF), así como del Subgrupo de Trabajo Nº 5 «Transportes e infraestructura» (SGT5).

La legislación Mercosur, aplicable a derecho interno por haber sido internalizada, también contiene normas que conforman el marco jurídico del organismo.

Visión:

Ser un organismo que cumpla con sus cometidos de acuerdo con las mejores prácticas de la Administración Pública, realizando la coordinación armónica de la actividad de los Organismos que operan en las Áreas de Control Integrado (ACI) tanto nacionales como extranjeros, brindando un servicio eficaz y eficiente orientado al usuario, a través de la aplicación de procesos de mejora continua y un ambiente de trabajo seguro y estimulante para sus funcionarios.

Misión:

Coordinar, en sus aspectos operacionales y administrativos, las actividades desarrolladas por los Organismos Nacionales y de los Estados Parte del Mercado Común del Sur (Mercosur) que actúan en un Área de Control Integrado (ACI), sin perjuicio de las competencias específicas de cada uno, con el fin de facilitar el tránsito de personas y bienes a través de los Puntos de Frontera terrestres.

Cometidos:

  • Coordinar las actividades de otros servicios públicos o privados disponibles, con la finalidad de obtener un flujo de usuarios lo más rápido posible, compatible con la eficacia exigida por los controles técnicos respectivos. Dicha coordinación comprende, también, el ejercicio de funciones y facultades necesarias para la compatibilización de criterios referentes al orden, vigilancia, solicitudes de utilización de instalaciones y servicios, horarios de funcionamiento, prevención de siniestros, fluidez de circulación de personas, bienes y vehículos y demás aspectos que conduzcan a la finalidad propuesta.
  • Asesorar e informar al MDN y al Poder Ejecutivo en lo concerniente al funcionamiento de los Pasos de Frontera formulando las sugerencias que pudieren corresponder.
  • Presidir la Comisión Interministerial creada por Resolución 554/91.
  • Integrar el Comité de Seguridad de la Secretaría Nacional de Drogas.
  • Representar al país en los eventos nacionales e internacionales que correspondan.

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