Equinos: Importación definitiva o temporal desde Argentina

Visto el informe técnico N° 2 de la Dirección Nacional de Sanidad Animal, del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) de Argentina, de fecha 21 de octubre de 2022 sobre la finalización del evento sanitario de Herpes Virus Equino 1 (HVE-1), la Dirección General de Servicios Ganaderos comunica que, para la importación definitiva o temporal de equinos procedentes de dicho país, se mantienen los protocolos sanitarios vigentes y se levantan las medidas accesorias adoptadas para dicho evento. Dr. Jorge Viera - Director Adjunto a DGSG

SENASA

INFORME TÉCNICO N° 2

21 DE OCTUBRE DE 2022- DNSA/SENASA

TEMA: HERPES VIRUS EQUINO 1 (HVE-1)

1. La Dirección Nacional de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) comunica las novedades y el seguimiento de los hallazgos relacionados a herpes virus equino 1 (HVE 1) en el Hipódromo de San Isidro, informados a través del INFORME TÉCNICO N° 1 el pasado 26 de septiembre INFORME TÉCNICO N° 2
21 DE OCTUBRE DE 2022- DNSA/SENASA
TEMA: HERPES VIRUS EQUINO 1 (HVE-1)

1. La Dirección Nacional de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) comunica las novedades y el seguimiento de los hallazgos relacionados a herpes virus equino 1 (HVE 1) en el Hipódromo de San Isidro, informados a través del INFORME TÉCNICO N° 1 el pasado 26 de septiembre

https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/22-09-26_dnsa_herpesvi…

2. Se realizaron muestreos y se continuó con el seguimiento clínico en los establecimientos interdictos, sin haberse detectado signología clínica y habiendo resultado negativo la totalidad de los análisis realizados.
3. Por lo expresado, y habiéndose cumplido 21 días de la aparición de los signos clínicos, se procedió al levantamiento de la interdicción el día 14 de octubre.
4. Por otra parte, a partir de las acciones sanitarias en las otras unidades productivas que presentaban condiciones de colindantes o posible vinculación epidemiológica, se descartó la presencia de la enfermedad en las mismas.
5. La HVE-1 es endémica en todo el mundo y ha sido aislada en Argentina en varias oportunidades, tanto las cepas neuropatogénicas como las no neuropatogénicas, con manifestación clínica.
6. Los últimos eventos sanitarios ocurridos en el país, en donde las características epidemiológicas (con ocurrencia clínica) superaron lo esperado en condiciones habituales, requirieron por tal motivo la inmediata intervención oficial del Senasa, a efectos de realizar la investigación epidemiológica y establecer las medidas de contención y prevención.
7. No obstante, en la situación epidemiológica actual en relación a herpes virus equino (HVE-1) tal cual se describió, el Senasa informa que todo nuevo hallazgo de la enfermedad (ya sea por diagnóstico serológico o aislamiento) deberá considerarse como una enfermedad reportable por casos agrupados, por pertenecer al Grupo III tal cual lo establece la Resolución Senasa N° 153/2021, sin requerir intervención oficial sobre los establecimientos afectados.

2. Se realizaron muestreos y se continuó con el seguimiento clínico en los establecimientos interdictos, sin haberse detectado signología clínica y habiendo resultado negativo la totalidad de los análisis realizados.

3. Por lo expresado, y habiéndose cumplido 21 días de la aparición de los signos clínicos, se procedió al levantamiento de la interdicción el día 14 de octubre.

4. Por otra parte, a partir de las acciones sanitarias en las otras unidades productivas que presentaban condiciones de colindantes o posible vinculación epidemiológica, se descartó la presencia de la enfermedad en las mismas.

5. La HVE-1 es endémica en todo el mundo y ha sido aislada en Argentina en varias oportunidades, tanto las cepas neuropatogénicas como las no neuropatogénicas, con manifestación clínica.

6. Los últimos eventos sanitarios ocurridos en el país, en donde las características epidemiológicas (con ocurrencia clínica) superaron lo esperado en condiciones habituales, requirieron por tal motivo la inmediata intervención oficial del Senasa, a efectos de realizar la investigación epidemiológica y establecer las medidas de contención y prevención.

7. No obstante, en la situación epidemiológica actual en relación a herpes virus equino (HVE-1) tal cual se describió, el Senasa informa que todo nuevo hallazgo de la enfermedad (ya sea por diagnóstico serológico o aislamiento) deberá considerarse como una enfermedad reportable por casos agrupados, por pertenecer al Grupo III tal cual lo establece la Resolución Senasa N° 153/2021, sin requerir intervención oficial sobre los establecimientos afectados.

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