Se pondrá en vigencia el artículo 6.2 de la Resolución Nº 324/019 de 16 de setiembre de 2019
Montevideo, 28 de febrero de 2020.
La Dirección General de Servicios Agrícolas comunica a las empresas registrantes de fertilizantes inorgánicos y/o sus materias primas que a partir del 2 de abril de 2020 se pondrá en vigencia el artículo 6.2 de la Resolución Nº 324/019 de 16 de setiembre de 2019.
En primera instancia se re-evaluarán los productos listados en este comunicado con plazo de presentación de documentación hasta el 30 de setiembre de 2020 (180 días).
Requisitos:
1) Formulario 266/A: Solicitud de Registro
2) Formulario “Planilla Registro de Fertilizantes 1/1029” otorgada en el registro original (figura número de Registro del Producto y firma autorizante)
3) Formulario “Planilla Registro de Fertilizantes 1/1029” nueva. El formulario 1/1029 deberá venir en dos copias firmadas por el representante legal de la empresa registrante y por el técnico responsable, además una de las vías debe contar con timbre profesional. Para completar esta planilla se deberán tener en cuenta los resultados de los análisis obtenidos de composición nutritiva y contaminante.
PRODUCTOS | TIPOS |
UREAS | |
FOSFATOS | MAP,DAP,POTASICOS Y CALCICOS |
SUPERFOSFATOS | SIMPLE,TRIPLE,CALCICO |
SULFATOS | NH4,K , Mg, Ca, Zn, Fe, Cu, Mn y sus combinaciones |
CLORUROS | |
NITRATOS | NH4,K, Mg ,Ca ,Na |
CARBONATOS | K, Mg, Ca |
ACIDOS | fosfórico, fosforoso, bórico y nítrico |
OXIDOS/HIDROXIDOS | K, Zn, Mg |
FOSFITOS | K ,Mg, Ca, Zn, Cu |
ROCAS | FOSFORITA,ULEXITA,DOLOMITA |
Listado de productos que deberán presentarse a re-evaluación a partir del 02/04/2020 y hasta el 30/09/2020.
ING.AGR. Federico Montes
DIRECTOR GENERAL
UNIDAD EJECUTORA 4
M.G.A.P SERVICIOS AGRÍCOLAS