Cambios en normativa relacionada a Brucelosis Bovina

Déjase sin efecto el numeral 3° de la resolución ministerial N° 1819, de 11 de diciembre de 2009. Los productores que opten por aplicar la vacuna Brucella abortus cepa RB51 en forma voluntaria, en zonas no categorizadas como de riesgo a la brucelosis bovina, no están obligados a realizar una serología previa a los movimientos de animales susceptibles a la enfermedad.

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