Resolución N° 107/012 de DGSG - 12/07/2012- Suspéndase transitoriamente el ingreso al país, de equinos con cualquier destino, provenientes de Argentina.

Suspéndase transitoriamente el ingreso al país, de equinos con cualquier destino. provenientes de la República Argentina.

 

Montevideo, 12 de julio de 2012

RDGSG/RG/Nº107/2012

VISTO: la aparición de nuevos casos de Influenza equina en la República Argentina;

RESULTANDO: l) el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) ha confirmado mediante diagnóstico de laboratorio. el hallazgo de casos de Influenza Equina en los Hipódromos de Palermo y de La Plata.

Il) asimismo. se reportaron sospechas de ia enfermedad, en los Hipódromos de San Isidro y de Azul;

lll) de acuerdo a la información proporcionada por SENASA de Argentina, se trata del virus de influenza Equina tipo A, subtipo2, H3N8, causante de la infección, en virtud de lo cual. se han adoptado todas las medidas tendientes a minimizar el riesgo de difusión de la enfermedad, tanto a nivel nacional como internacional;

CONSIDERANDO: l) necesario implementar transitoriamente, medidas sanitarias de mitigación de riesgo de introducción al país. de la enfermedad hasta tanto se obtenga un diagnóstico de situación y evaluación de riesgo por parte de los técnicos de esta Dirección General;

II) conveniente proteger la situación sanitaria del país y de la región, a fin de evitar la difusión de la enfermedad;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley Nº 3606 de fecha 13 de abril de 1910; artículo 215 de la ley Nº 18362 de 6 de octubre de 2008; decreto Nº 24/998 de 28 de enero de 1998; y a lo establecido en las normas y recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal;

LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS RESUELVE:

1- Suspéndase transitoriamente el ingreso al país, de equinos con cualquier destino, provenientes de la República Argentina.

2- Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal, DILAVE y DICOSE, cometiendo a dichas Divisiones, la mayor difusión de las medidas dispuestas a efectos de proteger la condición sanitaria del país.

3- Comuniquese a los actores involucrados.

4- Dése cuenta a la Dirección General de Secretaría

5- Publíquese en el Diario Oficial y en Página Web del MGAP comuníquese. difúndase

Firmante: Dr. Francisco Muzio - Director General

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