Resolución N° 135/011 de DGSG-05/09/2011-Sustitúyase el numeral 1 de la resolución DGSG Nº 57/2010 de 21 de abril de 2010

Sustitúyase el numeral 1 de la resolución DGSG Nº 57/2010 de 21 de abril de 2010., por el siguiente: “Dispónese la acreditación de veterinarios de libre ejercicio en el área de certificación de animales con destino a la producción de carne de calidad superior, para la exportación”.

Montevideo, 5 de setiembre de 2011.

DGSG/RG/N°135/011

VISTO: la necesidad de acreditar veterinarios de libre ejercicio para la certificación de bovinos con destino a la producción de carne de alta calidad para el mercado suizo;

RESULTANDO: I) por resolución DGSG Nº 57/2010 de 21 de abril de 2010, se dispuso la acreditación de veterinarios de libre ejercicio en el área de certificación para establecimientos dedicados al engorde de bovinos a corral con destino a la producción de carne de calidad superior para la Unión Europea;

II) en el mes de mayo de 2010, se realizaron cursos de capacitación y evaluación correspondientes al área precedentemente especificada;

III) tanto el mercado de Suiza, como el de la Unión Europea, exigen garantías certificadas, relativas a las condiciones de alimentación, permanencia e identificación de los animales provenientes de predios de engorde, destinados a la producción de carne de calidad superior;

IV) en mérito a ello, la División Sanidad Animal ha propuesto extender la acreditación de veterinarios de libre ejercicio en el área de certificación de bovinos para producción de carne de calidad superior con destino a la para la Unión Europea, incluyendo la actividad de certificación para la producción de carne de alta calidad para el mercado de Suiza;

CONSIDERANDO: I) conveniente, proceder de acuerdo a lo aconsejado por la División Sanidad Animal, extendiendo el área de acreditación establecida por la Resolución DGSG Nº 57/2010 de 21 de abril de 2010;

II) de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 17.950 de 8 de enero de 2006 y decreto Nº 171 de 21 de mayo de 2007, compete a la Dirección General de Servicios Ganaderos, la acreditación de veterinarios de libre ejercicio para desarrollar actividades de certificación sanitaria, en áreas de actividad preestablecidas, según las necesidades del servicio;

III) necesario, encomendar al Comité de Acreditación, la elaboración del plan de capacitación, a aplicar en el área de campo, relativa a los predios dedicados al engorde de bovinos con destino a la producción de carne de calidad superior, acorde a las pautas dispuestas por esta Dirección General;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo dispuesto por la Ley Nº 3.606 de fecha 23 de abril de 1910Ley Nº 17.950 de 8 de enero de 2006decreto Nº 171 de 21 de mayo de 2007Ley Nº 16.736 de fecha 5 de enero de 1996resolución DGSG Nº 57/2010 de 21 de abril de 2010 y Decreto Nº 24/998 de fecha 29 de enero de 1998;

LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS RESUELVE:

1. Sustitúyase el numeral 1 de la resolución DGSG Nº 57/2010 de 21 de abril de 2010, por el siguiente: “Dispónese la acreditación de veterinarios de libre ejercicio en el área de certificación de animales con destino a la producción de carne de calidad superior, para la exportación”.

2. Cométase al Comité de Acreditación la elaboración del Plan de capacitación para el área de acreditación establecida en el numeral precedente, de acuerdo a los cometidos establecidos por el decreto Nº 171/007 de 21 de mayo de 2007. A dichos efectos, el Comité de Acreditación quedará integrado de la siguiente manera: por la Dirección General de Servicios Ganaderos: los Dres. Ricardo Sienra (titular) que lo presidirá y Luis E. Días (alterno); por la Facultad de Veterinaria la Dra. Elena De Torres; por la Sociedad de Medicina Veterinaria el Dr. Ramiro Díaz y por la Academia Nacional de Veterinaria el Dr. Herculano Cardozo.

3. Dése cuenta a la Facultad de Veterinaria, Sociedad de Medicina Veterinaria y Academia Nacional de Veterinaria.

4. Notifíquese personalmente a los integrantes del Comité de Acreditación.

5. Cométase al Dr. Ricardo Sienra, la convocatoria del Comité de Acreditación, a fin de proceder según lo dispuesto por el decreto Nº 171/007 de 21 de mayo de 2007.

6. Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal, Contralor de Semovientes y Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino y a todas las dependencias de la Dirección General de Servicios Ganaderos en Montevideo e Interior del país.

7. Publíquese en la página Web del MGAP y en las carteleras de todas las dependencias de la División Sanidad Animal y DILAVE de Montevideo e Interior del país para conocimiento público.

8. Difúndase, publíquese, etc.

Firmante: Dr. Francisco Muzio - Director General

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