Resolución N° 2/013 10/04/2013- CARU internacional - Frente Marítimo - Establece la apertura del período de captura de la especie calamar en la ZCP

Resolución Nº 2/14 CTMFM, del 10 de abril del 2013

                                                                                                                                 Montevideo, 8 de abril de 2014

Resolución N° 2/14

Norma estableciendo la apertura del periodo de captura de la especie calamar (JI/ex argentinus) en la Zona Común de Pesca

Visto: La conveniencia de dar inicio al periodo de captura de la especie calamar (/1/ex argentinus) durante la temporada 2014 en la Zona Común de Pesca.

Considerando: La información disponible sobre la presencia del recurso en la Zona Común de Pesca.

Atento: A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Rata y su Frente Marítimo.

LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO RESUELVE:

Artículo 1°) Establecer la apertura del periodo de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca a partir del 1 de mayo de 2014.

Articulo 2°) La transgresión de la presente Resolución constituye un incumplimiento grave.

Artículo 3º) Comunicar ésta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

Artículo 4º) Dar conocimiento público de está Resolución a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina  y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.

Firmantes: Embajador- Hernán Darío Orduna y Presidente - CN (R) Julio Suárez

 

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