Resolución N° 25/008 de DGSG - 10/04/2008- Dispónese la acreditación de veterinarios de libre ejercicio en el marco del programa de control y erradicación de brucelosis bovina, en las siguientes áreas de acreditación.

Acreditación de Veterinarios de Libre Ejercicio en  el marco del programa de control y erradicación de brucelosis bovina, en las siguientes áreas de acreditación: a)     actividades de campo.                               b)     actividades de diagnóstico de laboratorio.

 

 

Montevideo,10 de abril de 2008

DGSG/RG/N° 25/2008

VISTO: el sistema de acreditación de veterinarios de libre ejercicio dispuesto por la ley Nº 17.950 de 8 de enero de 2006;

RESULTANDO: I) la Dirección General de Servicios Ganaderos se encuentra abocada a la instrumentación de una nueva estrategia para el control y erradicación de la brucelosis bovina en todo el territorio nacional en virtud de lo establecido por el decreto Nº 300/008 de 18 de febrero de 2008;

II) dicho programa, incrementa la participación de los veterinarios de libre ejercicio, tanto en actividades de campo, como en tareas relativas a laboratorio de diagnóstico de la enfermedad;

CONSIDERANDO:I) la Dirección General de Servicios Ganaderos, dispone de los recursos necesarios para la implementación del programa de capacitación relativo al programa de control y erradicación de brucelosis bovina en ambas áreas de acreditación;

II) conveniente, según lo dispuesto por el artículo 11º del decreto Nº 171 de 9 de mayo de 2007, instrumentar el programa de capacitación relativo a brucelosis bovina;

III) necesario, encomendar al Comité de Acreditación constituido por la Resolución DGSG/ RG Nº 11/008 de fecha 14 de febrero de 2008, la elaboración del plan de capacitación, a aplicar en las áreas de campo y laboratorio relativos a la brucelosis bovina;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo dispuesto por la Ley Nº 3.606 de fecha 23 de abril de 1910; Ley Nº 17.950 de 8 de enero de 2006; decreto Nº 171 de 21 de mayo de 2007; Ley Nº 16.736 de fecha 5 de enero de 1996; Decreto Nº 800/008 de 18 de febrero de 2008 y Decreto Nº 24/998 de fecha 29 de enero de 1998.

LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS RESUELVE:

1.Dispónese la acreditación de veterinarios de libre ejercicio en el marco del programa de control y erradicación de brucelosis bovina, en las siguientes áreas de acreditación: a)actividades de campo: incluye la realización de los procedimientos establecidos para el saneamiento de focos y la investigación de perifocos, así como las actividades de vigilancia (extracción de muestras) y las debidas certificaciones. b)actividades de diagnóstico de laboratorio.

2.Cométase al Comité de Acreditación constituido por la Resolución DGSG RG Nº 11/008 la elaboración del Plan de capacitación, para las áreas de acreditación establecidas en el numeral precedente, de acuerdo a los cometidos establecidos por el decreto Nº 171/007 de 21 de mayo de 2007.

3.Notifíquese a los integrantes del Comité de Acreditación.

4.Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal, Contralor de Semovientes, y Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino y a todas las dependencias de la Dirección General de Servicios Ganaderos en Montevideo e Interior del país.

5.Dese cuenta a la Facultad de Veterinaria, Sociedad de Medicina Veterinaria y Academia Nacional de Veterinaria.

Firmante: Dr. Francisco Muzio - Director General

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