Resolución N° 4/016 de COTRYBA: Delegación de sanciones a la Gerencia Ejecutiva

Deléganse en la Gerencia Ejecutiva de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal las atribuciones de imponer sanciones catalogadas como "leves" y "graves" a las infracciones a la ley 18.471 y a su reglamentación , las cuales siempre estarán enmarcadas dentro de los criterios y procedimientos definidos por esta Comisión según Resolución Nro. 003/2016

VISTO: la conveniencia de lograr una labor ágil y eficiente de la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal y Tenencia Responsable de Animales.

Resultando:

  1. que el artículo 22 de la ley N° 18.471 determinó que las infracciones a las disposiciones de esta ley y de su reglamentación serán sancionadas por la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal.
  2. que el artículo 176 del Decreto 62/014 establece que toda acción u omisión contraria a las normas de tenencia responsable o de bienestar animal previstas en la Ley Nº 18.471 , modificativas y concordantes y a sus reglamentaciones, es una infracción que será sancionada de acuerdo a lo establecido en la mencionada ley y en conformidad a las pautas y preceptos del presente reglamento.
  3. que por decreto 311/2016 estableció la estructura organizativa de la Comisión, estableciéndose una Gerencia Ejecutiva.

Considerando:

  1. beneficioso por razones de buena administración sustraer a las autoridades, representantes institucionales ante la COTRYBA, de la consideración de aquellos asuntos que impidan su eficiente accionar en el ejercicio de las funciones a su cargo en la Comisión, sin desmedro de garantía sustancial alguna,
  2. necesario, por tanto, la delegación de las atribuciones de sancionar las infracciones a la ley y a la reglamentación que se cometieran,
  3. conveniente proceder a efectuar la delegación de determinadas atribuciones en la Gerencia Ejecutiva de la Comisión.

Atento: a lo precedente expuesto, y lo preceptuado por el artículo 181 numeral 9 del de la Constitución, a la ley 18.471 de 27 de marzo de 2009 y normas reglamentarias y modificativas.

LA COMISIÓN NACIONAL HONORARIA DE TENENCIA RESPONSABLE Y BIENESTAR ANIMAL. Resuelve:

  1. Deléganse en la Gerencia Ejecutiva de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal las atribuciones de imponer sanciones catalogadas como "leves" y "graves" a las infracciones a la ley 18.471 y a su reglamentación, las cuales siempre estarán enmarcadas dentro de los criterios y procedimientos definidos por esta Comisión según Resolución Nro. 003/2016.
  2. Para el caso de corresponder la aplicación de sanciones catalogadas como "gravísimas", su imposición deberá ser resuelta por las autoridades de la COTRYBA.
  3. Para el caso de incumplimiento de sanciones aplicadas, delégase en la Gerencia Ejecutiva la realización de las gestiones tendientes a su cumplimiento.
  4. Sin perjuicio de lo anteriormente dispuesto, la Comisión podrá avocar las atribuciones delegadas, así como el delegatario someterla a su consideración.
  5. Las atribuciones delegadas no pueden a su vez ser objeto de delegación.
  6. Comuníquese, etc.

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