Resolución N° 569/013 del MGAP -Desde el 1° de setiembre de 2013, las plantas de faena de aves y packing de huevos, únicamente podrán recibir aves vivas y huevos, de establecimientos registrados en forma electrónica en el Sistema de Monitoreo Avícola

Resolución Ministerial Nº 0569/013

                                                                                                                                  Montevideo, 13 de agosto de 2013

Resolución Ministerial Nº 0569/013

VISTO: la implantación y puesta en funcionamiento del Sistema de Monitoreo Avícola (SMA) del Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG) en base electrónica, de acuerdo a lo previsto por la resolución DGSG/N° 224/012, de 13 de diciembre de 2012;

RESULTANDO:

I) mediante la resolución mencionada, se dispone la obligación de actualizar los datos del Registro por parte de las plantas de incubación, los establecimientos avícolas de reproducción, de producción de aves de engorde y de producción de huevos con fines comerciales; empresas de intermediación comercial de aves vivas, tenedores de aves sin granja, establecimientos de faena de aves, e importadores/ exportadores de aves y huevos que operen en el territorio nacional, actualmente inscriptas;

II) asimismo se establecen los requisitos para la inscripción en el Registro, de empresas que pretendan iniciar sus actividades;

 

CONSIDERANDO:

  1. que se ha puesto en funcionamiento el Sistema de Monitoreo Avícola en forma electrónica;
  2. necesario y conveniente, establecer medidas adecuadas, para lograr el ingreso de la totalidad de las empresas al Registro, a fin de obtener una rápida y efectiva normalización del sector;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la ley N° 3.606, de 13 de abril de 1910; artículos 262 y 285 de la ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996; decreto N° 193/971, de 15 de abril de 1971; decreto N° 107/972, de 10 de febrero de 1972; decreto N° 434/982, de 2 de diciembre de 1982; decreto N° 24/998, de 29 de enero de 1998; decreto 170/004, de 24 de mayo de 2004; resolución ministerial de fecha 4 de octubre de 2006 y resolución DGSG/N° 224/012 de 13 de diciembre de 2012.

 

EL MINISTRO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA RESUELVE:

1°) A partir del 1° de setiembre de 2013, las plantas de faena de aves y packing de huevos, únicamente podrán recibir aves vivas y huevos, desde establecimientos que se encuentren registrados en forma electrónica en el Sistema de Monitoreo Avícola (SMA) del Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG).

2°) A partir de la fecha establecida en el numeral precedente, todos los lotes de huevos fértiles o aves de un día con destino a la reproducción, importados, así como también, la totalidad de los eventos que se generen de estos lotes, deberán obligatoriamente ser ingresados en el Sistema de Monitoreo Avícola del SNIG.

3°) El incumplimiento de lo establecido en la presente resolución, dará lugar a la aplicación de las sanciones dispuestas por los artículos 262 y 285 de la ley N° 6.736, de 5 de enero de 1996 concordantes, modificativas y complementarias.

4º) Comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y en dos diarios de circulación nacional.

 

Firmante: Ing. Agr. Tabaré Aguerre - Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca.

 

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