Resolución N° 58/019 DINARA: Llamado aspirantes pesca Río Negro

Realiza llamado abierto a interesados en formar parte de un registro de aspirantes a permiso de pesca artesanal en Zonas G, H, I y subzona CF

VISTO: la solicitud presentada en el marco del Consejo Zonal de Pesca de Rincón del Bonete;

RESULTANDO:

  1. que en dicho ámbito los pescadores han solicitado la apertura de la Zona 1 con el fin de poder obtener Permisos de Pesca que se han vencido y que según expresan no han podido renovar por razones ajenas a su voluntad;
  2. que al respecto el área técnica informa que, en dicha zona, así como en las restantes del Río Negro, se encuentran muchos permisos vencidos que no pudieron ser renovados, sugiriendo por tanto proceder a la apertura de todas las Zonas sobre el mencionado caudal de agua, esto es, las Zonas G, H, I y la Sub-zona CF;

CONSIDERANDO: necesario continuar con el ordenamiento de la actividad, de manera que todos puedan desarrollarla conforme a derecho, disponiendo en este caso un llamado a Registro de Aspirantes a Permisos de Pesca Artesanal;

ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 19.175 de 20 de diciembre de 2013 y Resoluciones de DIÑARA N° 012/02 de 28 de enero de 2002 y N° 308/017 de 30 de diciembre de 2017 en la redacción dada por el numeral Io de la Resolución N° 250/018 de 21 de diciembre de 2018;

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS

RESUELVE:

  1. Realizar un llamado abierto a interesados en formar parte de un Registro de Aspirantes a Permiso de Pesca Artesanal para las Zonas G, H, I y Sub-Zona CF, de acuerdo al numeral 1º de la Resolución de DINARA N° 012/02 de 28 de enero de 2002 y Resolución N° 308/017 de 30 de diciembre de 2017 en la redacción dada por el numeral 10 de la Resolución N° 250/018 de 21 de diciembre de 2018.
  2. Sólo podrán inscribirse quienes no cuenten con Permiso de pesca comercial artesanal vigente y residan en la zona para la cual se inscriban.
  3. Las inscripciones para integrar dicho Registro se recibirán entre el 2 de mayo y el 14 de junio de 2019 en las oficinas de DINARA y en las dependencias de la Prefectura Nacional Naval correspondientes a las zonas G, H, I y sub-zona CF. A tales efectos los interesados deberán completar en dicho plazo los formularios pertinentes anexando toda la información y/o documentación solicitada.
  4. Una vez cerrado el llamado, con los inscriptos para el Registro de Aspirantes, la DINARA elaborará una lista de prelación, priorizando a quienes hayan tenido Permiso de Pesca (sin haberlo transferido) y a quienes se les haya otorgado Certificado de incorporación y no hayan completado el trámite para la obtención del permiso de pesca.
    Sólo se autorizará la regularización de una embarcación por titular.
  5. Sólo se otorgarán Constancias de incorporación a la flota artesanal y Permisos de Pesca para las zonas mencionadas, a los que se hayan inscripto en el Registro de aspirantes y para embarcaciones que no superen las 4 TRB (cuatro Toneladas de Registro Bruto).
  6. En caso de incorporación a la actividad pesquera, una vez otorgada la Constancia correspondiente por parte de DINARA, los interesados tendrán un plazo de 120 días para presentarla ante la Prefectura correspondiente a los efectos de la matriculación y un plazo de 240 días para realizar el trámite del permiso de pesca ante DINARA.
  7. Publíquese en el Diario Oficial y sitio web de DINARA y comuníquese a la
    Prefectura Nacional Naval y Destacamentos de las zonas respectivas.

ANDRÉS DOMINGO

DIRECTOR NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS

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