Resolución N° 1.067/021 DGSA Certificación de la producción orgánica nacional
VISTO: lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 944 de 26 de julio de 2021;
RESULTANDO: I) que el citado acto administrativo comete en forma transitoria a la Dirección General de Servicios Agrícolas la certificación de los productos agrícolas orgánicos de origen nacional y declara aplicables a los sistemas de producción orgánica que se comercializan en el mercado interno las disposiciones del Reglamento de la C.E. N° 834/2007, sobre producción y su etiquetado y su control;
II) que por poseer requisitos similares también serán aplicables a las solicitudes de certificación integrada;
CONSIDERANDO: necesario uniformizar los criterios para la presentación de la información que debe aportarse a los fines de la certificación de los productos orgánicos conforme a lo previsto en el Decreto 557/008 de 17 de noviembre de 2008 y certificación de producción integrada conforme al Decreto 143/002 de 19 de abril de 2002 y establecer las pautas para su tratamiento de conformidad con el marco legal y reglamentario vigente;
ATENTO: a las razones expuestas y a lo previsto en el artículo 215 de la Ley 17.296, de fecha 21 de febrero de 2001, Decreto Nº 557/008 de fecha 17 de noviembre de 2008, Decreto 143/002 de 19 de abril de 2002;
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRICOLAS
RESUELVE:
1- Aprobar los instructivos denominados: “INSTRUCTIVO PARA REALIZAR LA SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN ORGÁNICA O INTEGRADA DE LAS UNIDADES DE PRODUCCIÓN” e “INSTRUCTIVO PARA REALIZAR LA SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA DE EMPRESAS ELABORADORAS O DE PROCESAMIENTO” y los correspondientes formularios Nº 302 “SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN ORGÁNICA E INTEGRADA DE LAS UNIDADES DE PRODUCCIÓN” y Nº 303 “SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA DE EMPRESAS ELABORADORAS O DE PROCESAMIENTO” que se anexan a la presente Resolución y forman parte integrante de esta.
2- Publíquese en el Diario Oficial y divúlguese a través de la Página Web Institucional y de la DGSA.
3- Extiéndase copia a la Dirección General de Secretaría y a la Dirección General de la Granja.
4- Cumplido, archívese.