Resolución N° 1.209/025 Fijación de tarifas en pesos uruguayos de la Dirección General de Servicios Agrícolas – Primer semestre 2026

Valores en pesos uruguayos de las tarifas correspondientes a los servicios que presta la Dirección General de Servicios Agrícolas, calculados sobre la base de su equivalente en unidades indexadas. Dichos valores regirán a partir del 1.º de enero de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026, conforme a la normativa vigente.

                                                                             Montevideo, 12 DIC 2025 

VISTO: las tarifas vigentes por los servicios que presta el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas, Unidad Ejecutora 004;

RESULTANDO:

I) que el Artículo 64 de la Ley 19.438 encomienda fijar todas las tasas, tarifas, precios y multas establecidas en pesos uruguayos en unidades indexadas (UI);

II) que en la Resolución Ministerial N° 785, de 3 de octubre de 2016, se establece el equivalente en unidades indexadas de las tarifas de la Dirección General de Servicios Agrícolas;

III) que la Circular Ministerial N° 2, de 28 de agosto de 2017, ordena a todas las Unidades Ejecutoras la actualización de las tarifas de acuerdo a la normativa vigente;

IV) que el valor de la unidad indexada al 1° de enero de 2026 es de $ 6.4237;     

CONSIDERANDO: oportuno indicar el valor en pesos de las tarifas para todos los servicios prestados por esta Unidad Ejecutora, a regir a partir del 1° de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2026;             

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por Resoluciones del Poder Ejecutivo S/N° de fecha 01 de marzo de 2025 y 19 de marzo de 2025;

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS

RESUELVE:

1) Apruébase el valor en pesos uruguayos de las tarifas para todos los servicios prestados por la Dirección General de Servicios Agrícolas, a regir a partir del 1° de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2026, los que figuran en ANEXO I y son parte integrante de la presente Resolución.

2) Los valores en pesos uruguayos antes indicados, comenzarán a regir a partir del 1° de enero de 2026.

3) Comuníquese a la Contaduría, Tesorería y Divisiones de la Unidad Ejecutora.

4) Comuníquese a Mejora Continua y a Gobierno Electrónico.

5) Comuníquese a VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior).

6) Actualícese los programas informáticos y el sitio web.

7) Publíquese en el Diario Oficial, en la página web institucional y de la DGSA.

8) Cumplido, archívese. 

 

 

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