Resolución N° 150/023 Autorízase la renovación contractual, en régimen de arrendamiento de servicios, de los consultores: Leticia Cardozo Sara y otros

Autorízase la renovación contractual, en régimen de arrendamiento de servicios, de los consultores: Leticia Cardozo Sara y otros.

VISTO: los presentes antecedentes impulsados por la Unidad de Gestión de Proyectos;

RESULTANDO: I) que por Resoluciones ministeriales N° 152/022 de 4 de octubre de 2022 y su modificativa N° 012/023, de 10 de enero de 2023, N° 153/022 y 154/022, de 4 de octubre de 2022, N° 0063/023, de 31 de enero de 2023 y N° 072/023, de 28 de abril de 2023, todas dictadas en ejercicio de atribuciones delegadas, se autorizó la renovación contractual y determinadas enmiendas, en régimen de arrendamiento de servicios, de los siguientes consultores: Leticia Cardozo Sara, Germán Julio Echeverría Pereira, Esteban Andrés Bertinat Albín, Ana Virginia Cuello Acosta, Patricia Daniela Artía Rodríguez, Verónica Pastorini Corleto, Federico Bengoa Canfield, Fernando Javier Siré Garmarini, Sose Yaghmourian Dolabdjian, María Fernanda Montenegro Malet, María Cristina Reyes Liado y Federico Martín Sierra Hernández, todos en régimen de arrendamiento de servicios y en el marco del Programa de Desarrollo Productivo Rural II (PDPR II) - Préstamo BID 4644 OC-UR;

II) que constan incorporadas las declaraciones juradas de los consultores (fs. 179 a 190);

III) que con fecha de 3 de agosto de 2023, la Gerencia Ejecutiva de la Unidad de Gestión de Proyectos solicita procesar las renovaciones contractuales promovidas;

IV) que la Auditoría Delegada del Tribunal de Cuentas destacada ante el Inciso indicó que, una vez dictada la Resolución definitiva por parte de Ordenador competente, se tendrán por intervenidas las renovaciones contractuales propuestas desde el 1o de setiembre de 2023;

CONSIDERANDO: que se estima pertinente autorizar las renovaciones contractuales promovidas;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo 45 del TOCAF, artículo 10 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de 2011, y a la Resolución del Poder Ejecutivo N° 17/012, de 25 de enero de 2012, dictada en Consejo de Ministros;

EL MINISTRO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA, EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS RESUELVE:

Io) Autorízase la renovación contractual, en régimen de arrendamiento de servicios, de los consultores: Leticia Cardozo Sara, cédula de identidad N° 4.055.277-6 como Contador; Germán Julio Echeverría Pereira, cédula de identidad N° 2.965.043-8 como Asesor Jurídico, Esteban Andrés Bertinat Albín, cédula de identidad N° 4.195.352-5 como Consultor cómo Consultor en el Área de Soporte e Infraestructura; Ana Virginia Cuello Acosta, cédula de identidad N° 4.610.219-9, como Asistente en Sistemas de Información Geográfica; Patricia Daniela Artía Rodríguez, cédula de identidad N° 2.553.963-6, como Evaluador para intervenciones de Política Agropecuaria; Verónica Pastorini Corleto, cédula de identidad N° 1.505.589-8, como Asesor Técnico Productivo Ambiental; Alberto Federico Bengoa Canfield, cédula de identidad N° 1.691.402-3, como Asistente Técnico Cadenas Agropecuarias; Fernando Javier Siré Galmarini, cédula de identidad N° 1.815.959-8, como Asesor Técnico Asistencia Técnica y Extensión Rural; Sose Yaghmourian Dolabdjian, cédula de identidad N° 1.939.310-9, como Auxiliar de Servicio; María Fernanda Montenegro Malet, cédula de identidad N° 1.934.005-5, como Secretaria; María Cristina Reyes Liado cédula de identidad N° 1.525.221-0 como Asistente Recursos Humanos; y Federico Martín Sierra Hernández, cédula de identidad N° 3.201.493-6 como Asistente de Promoción y Desarrollo de Tecnologías Adaptativas en Sistemas de Producción Familiar por el período 1o de setiembre de 2023 y 31 de diciembre de 2023, en el marco del Programa de Desarrollo Productivo Rural II (PDPR II) - Préstamo BID 4644 OC-UR, y de acuerdo a los proyectos contractuales y Términos de Referencia incorporados de fs. 200 a 274.

2o) La remuneración mensual nominal de los consultores será: (i) Leticia Cardozo Sara, $ 130.652 (pesos uruguayos ciento treinta mil seiscientos cincuenta y dos) por 40 horas semanales; (¡i) Germán Julio Echeverría Pereira, $ 96.700 (pesos uruguayos noventa y seis mil setecientos) por 40 horas semanales; (iii) Esteban Andrés Bertinat Albín y Ana Virginia Cuello Acosta, $ 90.171 (pesos uruguayos noventa mil ciento setenta y uno) por 40 horas semanales; (iv) Patricia Daniela Artía Rodríguez, $ 80.841 (pesos uruguayos ochenta mil ochocientos cuarenta y uno) por 40 horas semanales; (v) Verónica Pastorini Corleto, Federico Bengoa Canfield, Fernando Javier Siré Garmarini, $ 77.360 (pesos uruguayos setenta y siete mil trescientos sesenta) por 32 horas semanales; (vi) Sosé Yaghmourian Dolabdjian y Fernanda Montenegro Malet, $ 72.925 (pesos uruguayos setenta y dos mil novecientos veinticinco) por 40 horas semanales; (vii) María Cristina Reyes Liado y Federico Martín Sierra Hernández, $ 72.137 (pesos uruguayos setenta y dos mil ciento treinta y siete) por 32 horas semanales; en todos los casos más IVA y reajustables por el porcentaje que a tales efectos fije el Poder Ejecutivo para los funcionarios de la Administración Central, y en las mismas instancias que se ajuste a éstos últimos.

3o) La erogación resultante se atenderá con cargo al Inciso 07 “Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca”, Unidad Ejecutora 007 “Dirección General de Desarrollo Rural”, Programa 322, Proyecto 749, Objeto del Gasto 282, Financiamiento 2.1.

4o) Facúltase al Gerente Ejecutivo de la Unidad de Gestión de Proyectos, Lie. Javier Aznarez, a suscribir los contratos correspondientes en las condiciones indicadas.

5o) Por Disposiciones y Proyectos - Acuerdos, comuniqúese al Departamento Acuerdos de la Presidencia de la República.

6o) Pase a la Unidad de Gestión de Proyectos a todos los efectos pertinentes.

7o) Cumplido, pase por su orden a la División Recursos Humanos para su conocimiento e inscripción en el Sistema de Gestión Humana y en el Registro de Vínculos con el Estado, y a la Unidad de Comunicación Organizacional y Difusión para la publicación de la presente Resolución en la página web de esta Secretaría de Estado.

8o) Archívese, oportunamente

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