Resolución N° 151/018 DGSG Créase en la órbita de esta Dirección General un Grupo de Trabajo en Enfermedades Prevalentes
REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
Montevideo, 4 de mayo de 2018
DGSG/Nº 151/018
VISTO: la necesidad de impulsar el funcionamiento de las campañas sanitarias de lucha contra la brucelosis y tuberculosis bovina en el territorio nacional;
RESULTANDO: I) el incremento de las medidas sanitarias en relación a dichas enfermedades, requiere del esfuerzo conjunto de todos los actores involucrados;
II) el éxito de la presente etapa de lucha contra las enfermedades, depende de la eficacia y eficiencia de las acciones desarrolladas, de los controles de los procedimientos y de la evaluación de la marcha de los programas;
III) la Ley Nº 17.950 de 8 de enero de 2006, establece la acreditación de veterinarios de libre ejercicio para participar en las actividades sanitarias determinadas por el Servicio Oficial, a cargo de la Dirección General de Servicios Ganaderos, en virtud de lo cual, resulta necesario el control y seguimiento de dichas actividades;
IV) el artículo 215 de la ley Nº 18.362 de 6 de octubre de 2008, comete a la Dirección General de Servicios Ganaderos, la planificación y ejecución de los programas sanitarios de prevención, vigilancia, control y erradicación de enfermedades en los animales;
CONSIDERANDO: I) conveniente crear un Grupo de Trabajo integrado por técnicos de esta Dirección General, a fin de analizar el funcionamiento de las campañas oficiales de brucelosis y tuberculosis y generar propuestas de mejora, interactuando con los distintos actores públicos y privados involucrados;
II) la opinión favorable de la Comisión Nacional Honoraria de Salud Animal (CONAHSA);
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
RESUELVE:
1º) Créase en la órbita de esta Dirección General, un Grupo de Trabajo en Enfermedades Prevalentes, integrado por los Dres.: Jorge Marra (División Industria Animal); Alejandra Suanes (DILAVE); Federico Bonino (DSA Departamento de Campo), Cintya Moreira ( DSA- Departamento Programas Sanitarios), Luis García y Pedro Dumestre ( División Sanidad Animal); Federico Fernández ( Dirección General de Servicios Ganaderos), y Hugo Suárez en calidad de Coordinador del Grupo.
2º) El Grupo de Trabajo que se crea tendrá los siguientes cometidos:
- Promover la discusión técnica y el análisis del funcionamiento de las campañas oficiales de brucelosis y tuberculosis;
- Generar propuestas de trabajo para la mejora del funcionamiento de las campañas citadas, en la medida que se entienda necesario;
- Elaborar y elevar a la Dirección General, informes de la situación sanitaria de cada una de ellas a fin de ser presentados ante la CONAHSA;
- Proponer reportes para su publicación en revistas científicas de divulgación;
- Elaborar y proponer materiales sobre la situación sanitaria en relación a brucelosis y tuberculosis en el territorio nacional, para su difusión entre los actores directamente relacionados (productores y técnicos) y para el público en general;
- Elaborar estudios de análisis costo/beneficio (ACB) de cada una de las enfermedades;
- Interactuar con otras Unidades Ejecutoras del MGAP y dependencias del Estado, a fin de diseñar y proponer acciones en conjunto, dirigidas a la mejora continua de las campañas de lucha contra la brucelosis y tuberculosis bovina;
3º) Todas las dependencias de la Dirección General de Servicios
Ganaderos, deberán prestar su colaboración en los casos que el Grupo de Trabajo lo requiera.
4º) Notifíquese personalmente al coordinador del Grupo Técnico que se crea, y por su intermedio, a los técnicos designados para integrar el mismo.
5º) Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal y Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino, y por su intermedio, a las demás dependencias de la Dirección General de Servicios Ganaderos de Montevideo e Interior del país.
6º) Dése cuenta al Sistema de Información en Salud Animal (SISA), a la Comisión Nacional Honoraria de Salud Animal (CONHASA) y a la Sociedad de Medicina Veterinaria del Uruguay.
7º) Publíquese en la Página Web del MGAP.
8º) Comuníquese, etc.
Firmante: Dr. Eduardo Barre Albera - Director General