Resolución N° 159/013 de DGSG- 02/09/2013- Se adjunta listado completo de procedimientos para exportación y monografías de productos lácteos
| LISTADO DE DOCUMENTOS VIGENTES | Códigos: LISOI Versión: 02 Página I de 3 | |||
Código | Documento | Versión | Fecha de aprobación | ||
| Manual para la evaluación de buenas prácticas en las industrias lácteas | 01 |
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| Manual de procedimientos de las funciones del inspector veterinario de los establecimientos elaboradores de productos lácteos | 03 |
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PRINDOI | Procedimiento de verificación de la documentación obligatoria disponible en el establecimiento | 03 |
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PRIND02 | Procedimiento de verificación del origen y calidad de la leche y las condiciones de transporte | 03 |
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PRIND03 | Procedimiento de evaluación de las instalaciones de las industrias lácteas | 03 |
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| Procedimiento de control del sistema de abastecimiento de a una | 03 |
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PRIND05 | Procedimiento de control y verificación del sistema de potabilización del agua | 03 |
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PRIND06 | Procedimiento de verificación y control del estado del almacenamiento | 03 |
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PRIND07 | Procedimiento de control de la recepción el almacenamiento | 03 |
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PRIND08 | Procedimiento de verificación de los flujos del personal, producto, envases y residuos | 03 |
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PRIND09 | Procedimiento de control del producto | 03 |
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PRINDIO | Procedimiento para el control de las BPM y la capacitación del personal | 03 |
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PRINDI I | Procedimiento de verificación del programa de control de plagas | 03 |
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PRIND12 | Procedimiento de control y verificación de la higiene de la planta | 03 |
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PRIND13 | Procedimiento de control de la identificación y la trazabilidad de los productos | 03 |
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PRIND14 | Procedimiento de control del cumplimiento del plan. HACCP de la planta | 03 |
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PRIND15 | Procedimiento de registro y seguimiento de las observaciones surgidas de la inspección | 03 |
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PRIND16 | Procedimiento de control y certificación de los productos de exportación | 03 |
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MINISTERIO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA | LISTADO DE DOCUMENTOS VIGENTES | Códigos: LISOI Versión: 02 Página 2 de 3 | |||
PRIND18 | Procedimiento para la habilitación y renovación de las industrias lácteas | 01 |
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PROI | Procedimiento de control de documentos | 01 |
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PR02 | Procedimiento de control de registros | 01 |
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PRDEPOI | Procedimiento para la habilitación y renovación de los depósitos de productos lácteos | 01 |
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PRIMPOI | Procedimiento para la importación de productos e insumos lácteos | 01 |
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PREXPOI | Procedimiento de emisión de certificados de exportación | 01 |
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ITINDOI | Instructivo de habilitación o renovación de las industrias lácteas | 01 |
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ITIND02 | Instructivo de muestreo oficial de agua potable | 03 |
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ITIND03 | Instructivo para la extracción de muestras de productos lácteos | 03 |
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ITDEPOI | Instructivo de habilitación o renovación de los depósitos de productos lácteos | 01 |
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PGINDO I | Programa de monitoreo del agua potable en plantas lácteas | 01 |
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ESINDOI | Especificación para la inspección de los registros termográficos | 02 |
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ESIND02 | Especificación para información contenida en las monografías de productos lácteos | 01 |
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LISOI | Listado de documentos vigentes | 02 |
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LISINDOI | Listado de documentos obligatorios disponibles en el establecimiento | 02 |
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RGINDOI | Solicitud de habilitación y renovación de los establecimientos elaboradores de productos lácteos | 02 |
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RGIND02 | Formulario de inspección de industrias lácteas | 03 |
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RGIND03 | Certificado de habilitación o renovación de las industrias lácteas | 02 |
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RGIND04 | Formulario para el envío de muestras de agua | 03 |
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RGIND05 | Formulario de muestreo y resultado de análisis microbiológico de producto | 03 |
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RGDEPOI | Solicitud de habilitación o renovación de los depósitos de productos lácteos | 01 |
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| LISTADO DE DOCUMENTOS VIGENTES | Códigos: LISOI Versión: 02 Página 3 de 3 | |||||||||
RGDEP02 | Formulario de inspección de los depósitos de productos lácteos | 02 |
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RGDEP03 | Certificado de habilitación o renovación de los depósitos de productos lácteos | 02 |
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RGIMPOI | Formulario de solicitud de inspección de productos lácteos importados | 02 |
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RCJlMP02 | Formulario de inspección y muestreo de productos lácteos importados | 02 |
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RGIMP03 | Constancia de liberación de productos lácteos importados | 02 |
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RGEXPOI | Planilla de productos elaborados para la exportación | 01 |
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RGEXP02 | Planilla de control de emisión de certificados de e portación | 01 |
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RGEXP03 | Planilla de control de emisión de certificados de exportación en hojas de seguridad | 01 |
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RGEXP04 | Solicitud de reemplazo o sustitución/ anulación de certificados de exportación | 01 |
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| LABO DO POR | REVISADO POR | APROBADO POR |
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CARGO |
| Jefa d | e DCSL | Director Sanidad Animal | Director General |
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FIRMA |
| Mónica Larrechart | Dr. Federico Fernandez | Francisco Muzio |
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FECHA |
| 21/08/2013 | 22/08/2013 |
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- OBJETIVO
El objetivo de este procedimiento es establecer la sistemática para la emisión de certificados de exportación.
- ALCANCE
Este procedimiento se aplica a la emisión de Certificados Sanitarios Internacionales (CSI), de leche y productos lácteos respetando los requisitos del país de destino.
- RESPONSABILIDADES
Departamento Control Sanitario de Lácteos (DCSL); por la habilitación y control de plantas exportadoras, aprobación de modelos de CSI, emisión, numeración y firma de los certificados sanitarios internacionales de exportación.
Plantas Habilitadas; por la solicitud de inspección oficial de la planta (RG IND 02), para la certificación oficial de los productos a exportar (RGEXP 01) y también por proveer los certificados analíticos solicitados según los diferentes mercados.
Agentes de Comercio Exterior (ACE); por gestionar ante el DCSL la emisión de CSI.
- DESCRIPCION
| PROCEDIMIENTO PARA LA EMISION DE CERTIFICADOS DE EXPORTACION | Código: PREXPOI Versión: 01 |
4.1 Condiciones necesarias que debe satisfacer una Planta Láctea para hacer posible la emisión de un CSI.
Contar con habilitación vigente por el DCSL y poseer marca de salubridad.
Il. Estar bajo Programa de Inspección Veterinaria Oficial.
111. Poseer Habilitación para el mercado de destino.
IV. Contar con Habilitación de Líneas o Producto para el mercado de destino, cuando fuera requisito de dicho mercado.
Condiciones que debe cumplir el ACE para gestionar la emisión de CSI
Estar registrado ante el DCSL mediante presentación de nota en hoja membretada indicando Razón Social, domicilio, información de contacto (teléfóno, fax, correo electrónico), perfil comercial y persona de contacto ante el DCSL.
4.2 Para Mercados Abiertos
4.2.1 El ACE debe solicitar modelo de CSI según el país de destino, verificando previamente que se cumplan las condiciones establecidas en 4.1, vía email a dsaleche@mgap,gub.uv
4.2.2 DCSL envía modelo vigente de CSI preferentemente con el texto de la certificación en formato protegido, el que deberá ser completado correctamente por el ACE y enviado a dsaleche@mgap.gub.uy
4.2.3 El mail enviado por el ACE debe contener en el Asunto: Empresa, país de destino, producto y NO LA TU. Los archivos adjuntos serán como máximo seis y si fuera
necesario enviar más de un correo del mismo embarque, se numerarán por ej. 1 de 3, 2 de 3, 3 de 3.
Personal del DCSL verifica: modelo de CSI vigente, la información incluida en el CSI enviado, los registros de inspección oficial correspondiente a ese certificado y procede a su emisión en 3 vías. En los CSI no se incluirán informaciones relativas a las transacciones comerciales, como por ejemplo, NO de facturas y Cartas de crédito.
4.2.5 Los CSI emitidos son firmados por Veterinarios Oficiales, cuyas firmas se encuentran registradas en MRREE, dentro de las 48 hs de enviados.
4.2.6 Los certificados emitidos se numeran correlativamente y se registran en la planilla de Control de Emisión Certificados de exportación REEXP02, con la siguiente información: NO certificado, Empresa elaboradora, fecha del certificado, producto, destino y elemento verificador.
4.2.7 Los CSI son retirados en el Centro de Atención Ciudadana (CAC) por los ACE, previa entrega del Certificado de Calidad de LATU. Se exceptúa este requisito cuando se trata de muestras de productos lácteos y productos lácteos fluidos a granel.
4.2.8 Debe abonarse el costo del certificado antes de retirarlo del CAC.
MINISTERIO DE GANADERIA,AGRICULTURA y PESCA | PROCEDIMIENTO PARA LA EMISION DE CERTIFICADOS DE EXPORTACION | Código: PREXPOI Versión: 01 |
4.2.9
Una copia de cada CSI emitido se archiva en el DCSL acompañado de la fotocopia del certificado de LATU.
4.3 Para Mercados No Abiertos.
4.3.1 La empresa deberá presentar la solicitud de autorización para comenzar las gestiones de apertura de un determinado mercado de su interés
4.3.2 El DCSL gestionara ante las autoridades sanitarias correspondientes, a través de la DGSG, los requisitos para exportar a ese país.
4.4 Certificados complementarios.
Son aquellos certificados que se emiten como requisito específico del mercado. Estos deben solicitarse al mismo tiempo que se solicita el CSI. (Ej. Dioxina, Melamina, Libre Venta de Producto)
4.5 Certificados Libre Venta. Registro de Producto. Monografías de productos.
Estos Certificados requeridos por diversos mercados para registrar productos o rótulos deben acompañarse por la Monografía del Producto en dos vías, en papel con membrete de la empresa, impresas en doble faz y firmadas por el Representante técnico de la empresa.
La monografía del productos deberá presentarse en el CAC a fin de otorgar número de expediente, acompañada de nota en donde se detalla el objetivo y país de destino.
4.6
Reemplazo. sustitución y anulación de Certificados de exportación.
4.6.1 Reemplazo de Certificados. Son aquellos casos en que el certificado no fue presentado ante las Autoridades Sanitarias del país de destino y se puede recuperar. El Certificado reemplazante llevará la misma fecha que el anterior.
4.6.1.1 Mecanismo de reemplazo: La empresa deberá presentar el Formulario RGEXP04 firmado, junto a las dos vías emitidas, certificado de LATU correspondientes y demás documentación requerida por el mercado (Ei: Certificados de Dioxina, Melamina, análisis de radiactividad para Argelia). Al mismo tiempo, enviará correo electrónico a dsaleche@mgap.gub.uy el Modelo de certificado correcto para poder incluir las enmiendas, indicando en el Asunto "Reemplazo Empresa País Producto LATU"
4.6.2 Sustitución y anulación de Certificados de exportación. Son aquellos casos en que se presentaron los certificados ante la Autoridad Sanitaria y no puede recuperarse el original.
4.6.2.1 Mecanismo de sustitución y anulación: La empresa deberá presentar el formulario RGEXP04 firmado, junto a la fotocopia del certificado a anular, certificado de LATU correspondientes y demás documentación requerida por el mercado (Ej: Certificados de Dioxina, Melamina, análisis de radiactividad para Argelia). Al mismo tiempo, enviará correo electrónico a dsaleche@mgap.gub.uy el Modelo de certificado correcto para poder incluir las enmiendas, indicando en el Asunto "Anulación Empresa País
Producto LATU"
5. REGISTROS
| PROCEDIMIENTO PARA LA EMISION DE CERTIFICADOS DE EXPORTACION | Código Versión: 01 |
RGlND03 Registro de Habilitación de Plantas Exportadoras.
II. RGlND02 -Formulario de inspección de plantas lácteas.
111. RGEXPOI- Planilla de productos elaborados para la certificación de exportación
- Certificados Emitidos con documentación complementaria.
- RGEXP02- Planilla de Control de emisión de certificados de exportación.
- RGEXP03- Planilla de Control de emisión de certificados de exportación a RUSIA
- RGEXP04- Formulario solicitud de reemplazo/sustitución y anulación de certificados sanitarios
6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
Ley 3606 de 13 de abril de 1910. Ley de Policía Sanitaria de los animales.
Ley 16.671 de 13 de diciembre de 1994, Anexo IA Acuerdo sobre la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias.
I I I . Decreto 3 1 5/1 994, Reglamento Bromatológico Nacional.
- Decreto 368/000 Aspectos del control de sanidad, higiene e inocuidad de la leche y productos lácteos.
| PROCEDIMIENTO PARA LA EMISION DE CERTIFICADOS DE EXPORTACION | Código: PREXPOI Versión: 01 |
- Decreto 1 74/002 Cap IV Art I I Normas relativas a la producción transporte y comercialización de leche y productos lácteos.
- Reglamento 852/004 Higiene de los productos lácteos.
- Reglamento técnico MERCOSUR sobre condiciones higiénicas sanitarias y de buenas practicas de fäbricación para establecimientos elaboradores de alimentos.
- Código Internacional Recomendado de Prácticas — Principios Generales de Higiene de los Alimentos, CAC/RCP 1-1969, Rev. 4 (2003).
- Directrices para el diseño, elaboración. expedición y uso de certificados oficiales genéricos. CAC/GL 38-2001.
7. ANEXOS
ANEXO I RGIND03 Registro de habilitación de plantas exportadoras.
II. ANEXO 2 RGIND02 Formulario de Inspección de Industrias.
111. ANEXO 3 RGEXPOI- Planilla de productos elaborados para la certificación de exportación
- ANEXO 4 RGEXP02- Planilla de Control de emisión de certificados de exportación.
- ANEXO 5 RGEXP03- Planilla de Control de emisión de certificados de exportación en hojas de seguridad
- ANEXO 6 RGEXP04- Formulario solicitud de reemplazo/sustitución y anulación de certificados sanitarios
- Listado de certificados vigentes.
8. MODIFICACIONES
Versión | Fecha | Modificación |
| ||||
01 | 2013-08-13 | No aplicable a esta versión. |
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| ELABORADO POR | REVISADO POR | APROBADO POR | ||||
CARGO | Jefa del pcs | Director San' ad Animal | Director General Servicios Ganaderos | ||||
FIRMA | Dra Mónica Larrechart | Federico Fernandez | Dr. Francisco Muzio | ||||
FECHA |
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- OBJETO Y ALCANCE
La presente especificación establece la información mínima que deberán contener las monografías de productos lácteos, a fin de proporcionar elementos suficientes para su estudio.
Se detallan los contenidos tanto para emisión posterior de Certificados, aprobación de productos para la exportación como la importación
- REQUISITOS
La información entregada deberá contar con logo de la empresa y firma del representante técnico, impresa en doble faz y en dos vías (excepto para productos importados).
Para Monografía de productos importados la información obligatoria marcada con ( * )
- Establecimiento elaborador: domicilio (*), teléfono, fax, mail
- Marca de salubridad/ Número de aprobación de la autoridad de origen ( * )
- Denominación o descripción del producto(*), Nombre comercial (*), Marcas Uso esperado del producto (pronto para el consumo, precocido, etc) (9
- Población de destino (público en general, para lactantes, etc.) ( * )
- Características sensoriales ( * )
- Composición: Materias primas e ingredientes utilizados (origen nacional y/o importado) composición centesimal (*).
- Parámetros físico químicos y microbiológicos de aceptación (*).
| ESPECIFICACIÓN PARA LA INFORMACION CONTENIDA EN LAS MONOGRAMAS DE PRODUCTOS LÁCTEOS | Código: ESIND02 Versión: 01 Página I de 2 |
- Descripción del proceso de elaboración (*): adjuntar diagrama de flujo del proceso ( * )
- Sistema de control de calidad
- Envase primario y secundario (*), materiales (*).
- Presentación del producto (ejemplo: fetas, hormas, cuñas, etc.), volumen, unidades de venta (*).
- Condiciones durante la distribución y transporte. (*)
- Condiciones ambientales de conservación
- Vida útil del producto. Período durante el cual se mantiene inalterable (*).
- A Iteraciones que pueden producirse por el paso del tiempo.
Descripción del sistema de identificación del lote y vencimiento (*).
- Preparación o instrucciones de uso cuando el alimento lo requiera
Se deberá adjuntar la/las etiqueta/s cumpliendo lo establecido en el Decreto 117/006 del MSP, (Incorporación del Reglamento Técnico MERCOSUR para Rotulación de Alimentos Envasados, aprobado por resolución 26/03 del MERCOSUR).
De acuerdo a este Decreto los alimentos envasados contendrán en su rotulación, la siguiente información obligatoria:
- Denominación de venta del alimento
- Lista de ingredientes Contenidos netos
- Identificación del origen
En caso de monografías de productos importados, refiere a empresa y firma de técnico en origen o representante técnico del importador.
- Nombre o razón social y dirección del elaborador y del importador, para alimentos importados
Número de registro de ese alimento y del establecimiento
- Identificación del lote
| ESPECIFICACIÓN PARA LA INFORMACION CONTENIDA EN LAS MONOGRAMAS DE PRODUCTOS LÁCTEOS | Código: ESIND02 Versión: 01 Página 2 de 2 |
Fecha de duración o de vencimiento
Condiciones de conservación (Ejemplo: lugar seco y fresco; o a -18 0C) Preparación e instrucciones de uso cuando el alimento lo requiera
- Valores nutricionales
- No deberán figurar atributos o frases que puedan engañar a los consumidores
| ELABORADO POR | REVISADO POR | APROBADO POR | ||
CARGO | Jefa del DÇSL | Director Sanidad Animal | Director G. Servicios Ganaderos | ||
FIRMA | Dra Mónica Larrechart | Dr. Federico Fernández | Dr. Francisco Muzio | ||
FECHA |
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| SOLICITUD DE REEMPLAZO/SUSTITUCION Y ANULACIÓN DE CERTIFICADO DE EXPORTACIÓN | Código: RGEXP04 Versión: 01 |
Lugar y fecha:
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Departamento Control Sanitario de Lácteos
Dra. Monica Larrechart
Quien suscribe .............„.............representante de la empresa .
con domicilio en . solicita Reemplazo — Sustitución/anulación del
con destino a
Motivo del/de la Reemplazo — Sustitución/anulación
Se adjunta .
Certificado Original para reemplazar |
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Fotocopias de Certificado para sustituir y anular |
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Análisis LATU correspondiente al embarque |
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Certificado complementario (Ej: dioxinas, Melamina, radiactividad, etc) |
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Otros |
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Firma C.I..
| ELABORADO POR | REVISADO POR | APROBADO POR | ||
CARGO | Jefe del DCSL | Director Sanidad Animal | Director General Servicios Ganaderos | ||
FIRMA | Monica | i | Larrechart | Dr. Federico Fernandez | Dr. Francisco Muzio |
FECHA |
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Tache lo que no corresponda
Tache lo que no corresponda
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