Resolución N° 165/025 Autorizar la ampliación de uso de los productos a base de: Difenoconazol + Pydiflumetofen, Ciprodinil + Fludioxonil, Piraclostrobina, Boscalid, Procimidona y Tebuconazol bajo las siguientes condiciones que detalla la resolución.
Montevideo, 19 de febrero 2025
VISTO: la solicitud recibida por parte de la Sociedad de Productores Forestales del Uruguay acerca de la autorización de determinados fitosanitarios para Viveros Forestales;
RESULTANDO:I) que por las gestiones de referencia se solicitó ampliación de los usos autorizados de ingredientes activos para viveros Forestales (expediente N° 2025/7/4/107);
II) que de acuerdo a la evaluación técnica efectuada por el sector Fungicidas tomando en cuenta los resultados de los diferentes Ensayos de Eficacia Agronómica realizados para estos fines, los productos en base a: Difenoconazol + Pydiflumetofen, Ciprodinil + Fludioxonil, Piraclostrobina, Boscalid, Procimidona y Tebuconazol, a las dosis indicadas para la combinación cultivo-plaga, han mostrado eficacia biológica para el control de las plagas involucradas;
III) que se ha realizado la evaluación de peligrosidad y que en función de la misma se aplicarán las recomendaciones de uso y medidas de mitigación correspondientes;
CONSIDERANDO: I) que la utilización de productos fitosanitarios requiere cumplir estrictamente con los requisitos legales y también los impuestos por los protocolos de certificación;
II) que es necesario incluir los presentes ingredientes activos para el efectivo control de malezas, plagas y enfermedades en los cultivos de referencia;
ATENTO: a lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 175,176 y 177 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013 y las modificaciones introducidas por la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015 y la Ley N° 19.996, de 03 de noviembre de 2021; artículos 19 y 25 del Decreto N° 149/77, de 15 de marzo de 1977 y al artículo 1º del Decreto N° 294/04, de 11 de agosto de 2004;
EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRICOLAS
RESUELVE:
1°) Autorizar la ampliación de uso de los productos a base de: Difenoconazol + Pydiflumetofen, Ciprodinil + Fludioxonil, Piraclostrobina, Boscalid, Procimidona y Tebuconazol bajo las siguientes condiciones:
a) En función del Análisis de Potencial de Peligrosidad Ambiental efectuado para los diferentes ingredientes activos que se autorizan en la presente resolución, los mismos no representan riesgos para el ambiente y organismos no objetivo debido a su modo de uso (viveros/invernáculos).
Deberán incluirse las siguientes medidas de mitigación para la salud humana:
1. Usar guantes de Nitrilo.
2. Usar mameluco impermeable exclusivo para la tarea que permita el intercambio de calor de material, fácilmente lavable y disponer de recambio en caso de accidente.
3. Usar botas por dentro del mameluco.
4. Usar careta antiparras y máscara de tipo N100 con filtros de partículas y vapores orgánicos.
5. Lavar cuidadosamente los elementos empleados con el producto luego de cada aplicación y en el lugar de trabajo evitando la contaminación del trabajador y su familia.
c) Ingredientes activos autorizados:
Ingrediente activo: DIFENOCONAZOL + PYDIFLUMETOFEN
Dosis: 75 g i.a + 45 g i.a /100 L de agua
Plaga: Calonectria spp
Momento de aplicación: Aplicar cuando se observan primeros síntomas de la enfermedad.
Número de aplicaciones: una aplicación
Tiempo de espera: no corresponde
Toxicidad para organismos acuáticos: Muy altamente tóxico
Toxicidad en aves: Practicamente no tóxico
Toxicidad en abejas: Practicamente no tóxico
Toxicidad en lombrices: Moderadamente tóxico
Ingrediente activo: CIPRODINIL + FLUDIOXONIL
Dosis: 89.54 g i.a + 77g i.a /100 L de agua
Plaga : Calonectria spp
Momento de aplicación: Comenzar los tratamientos preventivamente, cuando se den las condiciones favorables para el desarrollo de la enfermedad.
Numero de aplicaciones: Máximo 3 aplicaciones
Tiempo de espera: no corresponde
Toxicidad para organismos acuáticos: Muy altamente tóxico
Toxicidad en aves: Ligeramente tóxico
Toxicidad en abejas: Practicamente no tóxico
Toxicidad en lombrices: Moderadamente tóxico
Ingrediente activo: PIRACLOSTROBINA
Dosis: 100 gr i.a /100 L de agua
Plaga : Calonectria spp
Momento de aplicación: Aplicar cuando se observen los primeros síntomas de la enfermedad.
Numero de aplicaciones: una aplicación
Tiempo de espera: no corresponde
Toxicidad para organismos acuáticos: Muy altamente tóxico
Toxicidad en aves: Practicamente no tóxico
Toxicidad en abejas: Practicamente no tóxico
Toxicidad en lombrices: Moderadamente tóxico
Ingrediente activo: BOSCALID
Dosis: 276 gr i.a /100 L de agua
Plaga : Calonectria spp
Momento de aplicación: Aplicar cuando se observen los primeros síntomas de la enfermedad.
Numero de aplicaciones: Hasta 2 aplicaciones
Tiempo de espera: no corresponde
Toxicidad para organismos acuáticos: Moderadamente tóxico
Toxicidad en aves: Practicamente no tóxico
Toxicidad en abejas: Practicamente no tóxico
Toxicidad en lombrices: Moderadamente tóxico
Ingrediente activo: PROCIMIDONA
Dosis: 143 gr i.a /100 L de agua
Plaga : Calonectria spp
Momento de aplicación: Aplicar cuando se observen los primeros síntomas de la enfermedad.
Numero de aplicaciones: Hasta 3 aplicaciones
Tiempo de espera: no corresponde
Toxicidad para organismos acuáticos: Moderadamente tóxico
Toxicidad en aves: Practicamente no tóxico
Toxicidad en abejas: Practicamente no tóxico
Toxicidad en lombrices: Practicamente no tóxico
Ingrediente activo: TEBUCONAZOL
Dosis: 12,5 gr i.a /100 L de agua
Plaga : Calonectria spp
Momento de aplicación: Aplicar cuando se observen los primeros sintomas de la enfermedad.
Numero de aplicaciones: Una sola aplicacion
Tiempo de espera: no corresponde
Toxicidad para organismos acuáticos: Moderadamente tóxico
Toxicidad en aves: Ligeramente tóxico
Toxicidad en abejas: Practicamente no tóxico
Toxicidad en lombrices: Practicamente no tóxico
2°) Para los Viveros Forestales las firmas registrantes de productos que a la fecha tienen registros vigentes en base a Difenoconazol + Pydiflumetofen, Ciprodinil + Fludioxonil, Piraclostrobina, Boscalid, Procimidona y Tebuconazol, podrán realizar las ampliaciones de uso sin necesidad de información adicional agregando en sus correspondientes proyectos de etiquetas, las recomendaciones de uso y medidas de mitigación señaladas en el numeral 1° Literales a, b y c.
3°) A tales efectos, dispondrán de un plazo de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos para presentar las solicitudes de modificación de etiqueta (Form. 234 D).
4°) Para los Viveros Forestales, el trámite no insumirá costos para la empresa registrante, al amparo de lo dispuesto por el artículo 177 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2018, en la redacción dada por el artículo 129 de la Ley N° 19.670, de 15 de octubre de 2018, mediante el cual se faculta al Poder Ejecutivo a eximir el pago de la tasa de evaluación y registro o renovación de productos fitosanitarios cuyo destino sea el uso en cultivos menores.
5°) Por el Departamento Administración notifíquese a la Sociedad de Productores Forestales del Uruguay y a las empresas registrantes de fitosanitarios con productos vigentes o en renovación en base a los ingredientes activos Difenoconazol + Pydiflumetofen, Ciprodinil + Fludioxonil, Piraclostrobina, Boscalid, Procimidona y Tebuconazol.
6°) Publíquese en la página web, dese cuenta a la División Control de Insumos y extiéndase copia a la Dirección General de Secretaría de Estado.
7°) Cumplido archívese.