Resolución N° 174/021 DINARA Nueva prórroga de captura y entrega de lobos marinos vivos

1°) Fíjese -por el presente año- el periodo de captura y entrega de ejemplares de lobos marinos vivos a partir del 16 de agosto hasta el 31 de octubre de 2021. 2°) Comuníquese, publíquese.

Resolución N° 174/2021

DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS

Montevideo, 27 de julio de 2021

 

VISTO: la Resolución Nº 147/2021 de 21 de junio de 2021;

RESULTANDO: I) que por la referida resolución se fijó por el presente año, un nuevo periodo de captura y entrega de lobos marinos a partir del 26 de julio del corriente;

II) que por Resolución Nº 85/2018 de 10 de abril de 2018 se estableció la aprobación de los requisitos para la adquisición, manejo en cautiverio y exportación de ejemplares vivos de lobos marinos en Uruguay, fijándose el período de captura y entrega de ejemplares de lobos marinos entre el 1º de abril y el 31 de octubre de cada año, siempre y cuando no exista ningún impedimento para la DINARA;

III) que, en el presente año, nuevamente resulta necesario adecuar las recientes medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo en relación al reintegro presencial del personal, implicando la necesidad de coordinar y brindar protección a los funcionarios actuantes evitando la posible transmisibilidad por coronavirus COVID-19, así como de la reserva de mamíferos marinos de Isla de Lobos;

CONSIDERANDO: necesario, diferir el inicio de la captura;

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por los artículos 12 y 17 de la Ley No 19.175 de 13 de diciembre de 2013 y artículos 119 y 120 del Decreto N° 115/018 de 24 de abril de 2018;

 

EL DIRECTOR DE LA

DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS

RESUELVE:

 

1°)          Fíjese -por el presente año- el periodo de captura y entrega de ejemplares de lobos marinos vivos a partir del 16 de agosto hasta el 31 de octubre de 2021.

2°)          Comuníquese, publíquese.

 

 

 

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