Resolución N° 192/024 Cierre de pesca de Camarón

A partir de la fecha de la presente Resolución, se dispone, el cierre de la pesca del camarón (Penaeus paulensis) abierta por Resolución de la DINARA Nº 38/2024 de 16/02/2024, y en consecuencia establecer su veda en la Laguna de Rocha, Laguna de Castillos y el Arroyo Valizas hasta nuevo aviso. Los permisarios deberán retirar sus artes de pesca que aún pudieran existir en dichos espejos de agua (trampas, varas y faroles). Se prohíbe señalizar con elemento alguno los sitios de pesca (boyas, estacas, o trampas con las colas levantadas, etc.) de forma previa a la fecha de apertura de la próxima zafra.

RESOLUCIÓN Nº 192/2024

Montevideo, 24 de junio de 2024

VISTO: el fin de zafra de la pesca del camarón;

RESULTANDO: que por Resolución de la DINARA Nº 38/2024 de 16/02/2024 se declaró abierta, a partir del 1 de marzo de 2024, la temporada de pesca de camarón (Penaeus paulensis);

CONSIDERANDO: I) que la Unidad de Gestión Pesquera Atlántica de la DINARA recomienda dar por concluida la zafra de camarón, en virtud de que sólo quedan individuos por debajo de las tallas y pesos recomendables;

II) que también se informa que las capturas de camarón en las trampas son muy bajas, y la mayor parte de los pescadores retiró, o está en proceso de hacerlo, las artes de pesca;

III) que resulta conveniente cerrar la zafra de la pesca del camarón en la zona K, y disponer el retiro por parte de los permisarios de todas las artes de pesca utilizadas para la captura de esta especie, con el fin de lograr la sostenibilidad y el aprovechamiento responsable del recurso objetivo e incidental; 

ATENTO: a lo dispuesto por la Ley de Recursos Hidrobiológicos Nº 19.175 de 20/12/2013, el Reglamento General de Pesca Artesanal aprobado por Resolución de la DINARA Nº 333/2022 de 04/10/2022, y a lo informado por la Unidad de Gestión Pesquera Atlántica;

LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS
RESUELVE:

1º) Disponer a partir de la fecha de la presente Resolución, el cierre de la pesca del camarón (Penaeus paulensis) abierta por Resolución de la DINARA Nº 38/2024 de 16/02/2024, y en consecuencia establecer su veda en la Laguna de Rocha, Laguna de Castillos y el Arroyo Valizas hasta nuevo aviso.

2º) Los permisarios deberán retirar sus artes de pesca que aún pudieran existir en dichos espejos de agua (trampas, varas y faroles).

3º) Se prohíbe señalizar con elemento alguno los sitios de pesca (boyas, estacas, o trampas con las colas levantadas, etc.) de forma previa a la fecha de apertura de la próxima zafra.

4º) Comuníquese la presente Resolución en el sitio web de la DINARA y a las unidades correspondientes del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, Prefectura Nacional Naval y Destacamentos de las zonas respectivas. Fecho, publíquese en el Diario Oficial (Sección Documentos).

 

Firma: Alvaro Irazoqui

Director Nacional de Recursos Acuaticos

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