Resolución N° 2/024 Levanta veda de marea roja en Maldonado

A partir de la fecha, déjase sin efecto, la prohibición oportunamente establecida por Resolución de la DINARA Nº 207/2023 de 11 de mayo de 2023 que dispuso la prohibición para la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones, almejas y berberechos) procedentes del Departamento de Maldonado.

RESOLUCION Nº 002/2024

DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS

Montevideo, 05 de enero 2024

 

VISTO: los análisis efectuados en moluscos bivalvos extraídos en el Departamento de Maldonado;

RESULTANDO: que por Resolución de DINARA Nº 207/2023 de 11 de mayo de 2023, se dispuso la prohibición para la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones, almejas y berberechos) procedentes del Departamento de Maldonado;

CONSIDERANDO: I) que en los últimos análisis efectuados en moluscos bivalvos extraídos de las aguas oceánicas del Departamento de Maldonado, no se han detectado toxinas;

II) que por tanto, desde el punto de vista técnico se sugiere levantar la veda para la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones, almejas y berberechos) procedentes del Departamento de Maldonado; 

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley Nº 19.175 de 20 de diciembre de 2013 y al artículo 121 del Decreto Nº 115/018 de 24 de abril de 2018;

 

LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS
RESUELVE:

1º)       A partir de la fecha, déjase sin efecto, la prohibición oportunamente establecida por Resolución de la DINARA Nº 207/2023 de 11 de mayo de 2023 que dispuso la prohibición para la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones, almejas y berberechos) procedentes del Departamento de Maldonado.

2º)       Comuníquese, publíquese.  

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