Resolución N° 206/024 Requisitos para la adquisición, manejo en cautiverio y exportación de ejemplares vivos de lobos marinos vivos en Uruguay

Resultando que por la mencionada Resolución se actualizó el documento denominado "Requisitos para la adquisición, manejo en cautiverio y exportación de ejemplares vivos de lobos marinos vivos en Uruguay". Considerando que el Departamento de Mamíferos Marinos de la DINARA recomienda actualizar el procedimiento relacionado a la venta de ejemplares vivos, así como la solicitud y autorización para la compra de lobos marinos, respetando el criterio precautorio. Apruébese el documento adjunto denominado "Requisitos para la adquisición, manejo en cautiverio y exportación de ejemplares vivos de lobos marinos vivos en Uruguay.

RESOLUCIÓN 206/2024

Montevideo, 4 de julio de 2024

VISTO: la Resolución de la DINARA Nº 113/023 de 10 de febrero de 2023;

RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se actualizó el documento denominado "Requisitos para la adquisición, manejo en cautiverio y exportación de ejemplares vivos de lobos marinos vivos en Uruguay";

CONSIDERANDO: I) que el Departamento de Mamíferos Marinos de la DINARA recomienda actualizar el procedimiento relacionado a la venta de ejemplares vivos, así como la solicitud y autorización para la compra de lobos marinos, respetando el criterio precautorio;

II) que el referido Departamento también sugiere fijar para los sectores de Isla de Lobos aptos para la captura el número máximo de animales correspondientes al año 2024 de lobos finos;

II) que las sugerencias referidas resultan de recibo con el objetivo de asegurar la conservación, la ordenación, el desarrollo sostenible y el aprovechamiento responsable de los lobos marinos en Uruguay;

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley Nº 19.175 de 20 de diciembre de 2013, al Decreto Nº 115/018 de 24 de abril de 2018 y a lo precedentemente expuesto;

EL DIRECTO GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS

RESUELVE:

1°) Revocase la Resolución de la DINARA Nº 113/023 de 10 de febrero de 2023.

2º) Apruébese el documento adjunto denominado "Requisitos para la adquisición, manejo en cautiverio y exportación de ejemplares vivos de lobos marinos vivos en Uruguay", y su Anexo I "Mapa con sectores de Isla de Lobos apto para la captura de lobo fino sudamericano - Arctocephalus australis -", Anexo II "Procedimiento para el manejo de la Tuberculosis", y Anexo III "Procedimiento para el manejo ante la presencia de nuevas enfermedades infecto-contagiosas", que forman parte de esta Resolución.

3°) Fijase para los sectores de Isla de Lobos señalados como aptos para la captura en el Anexo I adjunto que forma parte de esta Resolución, el número máximo de animales correspondientes al año 2024 de 60 lobos finos (30 hembras y 30 machos).

4º) Comuníquese la presente Resolución en el Sitio Web de la D°INARA del MGAP, y publíquese en el Diario Oficial (Sección Documentos).

 

Firma: Alvaro Irazoqui, Director Nacional de Recursos Acuaticos
 

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