Resolución N° 24/011 de DGSG - Sanidad Animal - 05/04/2011- Actualízase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina

Actualízase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina

 

Montevideo, 5 de abril de 2011

Resolución S.A. NO 24/2011

VISTO: lo dispuesto por el decreto NO 100/008 de fecha 18 de febrero de 2008 en relación al programa sanitario contra la brucelosis bovina en el territorio nacional;

RESULTANDO: l) la Resolución DGSG NO 41/008 de 3 de junio de 2008, determina las zonas de riesgo a brucelosis bovina;

CONSIDERANDO: l) la información proporcionada por las oficinas Regionales y Departamentales de Montevideo e interior del país; ll) conveniente, en aplicación de lo establecido en -el artículo 80 del decreto NO 100/008 de 18 de febrero de 2008, actualizar la nómina de las zonas caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina en todo ei territorio nacional;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo establecido en la Ley N O 3.606 de fecha 23 de abril de 1910; Decreto NO 100/008 de 18 de febrero de 2008 y Resolución DGSG/ NO 41 de fecha 3 de junio de 2008;

LA DIRECCIÓN DE LA DIVISIÓN SANIDAD ANIMAL RESUELVE:

1) Actualízase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina, según el siguiente detalle:

Artigas: 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 9a y 10a.

Canelones: 8a, 9a, 10a, 11a, 12a y 14a.

Cerro Largo: 5a, 6a, 8a, 9a, 11a, 13a, 14a, y 16a.

Colonia: 10ª, 12a, 14a, 15ª, 16a, 17ºy 18a.

Durazno: 4a, 6º, 7º,  10a, 11a y 14a.

Flores: 5a 

 Florida: 2a,3º,  4a, 6a, 8a, 9a, 10a, 11a, 12a, 13a y 15a.

Lavalleja: 2a, 3a, 5a, 8a 9a, 10a y 14a.

Maldonado: 2a, 6º y 8º.

Paysandú: 4a, 6a, 7a, 9a, 11º y 13a.

Rio Negro: 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a,11a y 12a.

Rivera: 2a, 4a, 6a y 8a.

Rocha: 2a, 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 9a, 10a, 11a y 12a.

Salto: 3ª, 7ª, 8ª, 10ª y 11ª.                                             

San José: 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a y 9a.

Soriano: 3º, 6a, 8a, 10a y 12a.

Tacuarembó: 7a, 8a, 9a y  15a

Treinta y Tres: 2a, 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 9a, 10a y 11a

2) Comuníquese a los Departamentos de Campo, Programas Sanitarios, Control de Comercio Internacional, Control Sanitario de Lácteos y Servicios Ganaderos Zonales Y Locales.

3) Comuníquese a las Divisiones Industria Animal, DILAVE, DICOSE, Unidad de Epidemiología y Sistema Nacional de Información Ganadera.

4) Comuníquese al Departamento de Comunicaciones Institucionales.

5) Publíquese en la página Web del M.G.A.P., difúndase, etc.

 

Firmante: Dr. Federico Fernández-  Encargado de Dirección de División Sanidad Animal

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