Resolución N° 24/011 de DGSG - Sanidad Animal - 05/04/2011- Actualízase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina
Montevideo, 5 de abril de 2011
Resolución S.A. NO 24/2011
VISTO: lo dispuesto por el decreto NO 100/008 de fecha 18 de febrero de 2008 en relación al programa sanitario contra la brucelosis bovina en el territorio nacional;
RESULTANDO: l) la Resolución DGSG NO 41/008 de 3 de junio de 2008, determina las zonas de riesgo a brucelosis bovina;
CONSIDERANDO: l) la información proporcionada por las oficinas Regionales y Departamentales de Montevideo e interior del país; ll) conveniente, en aplicación de lo establecido en -el artículo 80 del decreto NO 100/008 de 18 de febrero de 2008, actualizar la nómina de las zonas caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina en todo ei territorio nacional;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo establecido en la Ley N O 3.606 de fecha 23 de abril de 1910; Decreto NO 100/008 de 18 de febrero de 2008 y Resolución DGSG/ NO 41 de fecha 3 de junio de 2008;
LA DIRECCIÓN DE LA DIVISIÓN SANIDAD ANIMAL RESUELVE:
1) Actualízase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina, según el siguiente detalle:
Artigas: 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 9a y 10a.
Canelones: 8a, 9a, 10a, 11a, 12a y 14a.
Cerro Largo: 5a, 6a, 8a, 9a, 11a, 13a, 14a, y 16a.
Colonia: 10ª, 12a, 14a, 15ª, 16a, 17ºy 18a.
Durazno: 4a, 6º, 7º, 10a, 11a y 14a.
Flores: 5a
Florida: 2a,3º, 4a, 6a, 8a, 9a, 10a, 11a, 12a, 13a y 15a.
Lavalleja: 2a, 3a, 5a, 8a 9a, 10a y 14a.
Maldonado: 2a, 6º y 8º.
Paysandú: 4a, 6a, 7a, 9a, 11º y 13a.
Rio Negro: 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a,11a y 12a.
Rivera: 2a, 4a, 6a y 8a.
Rocha: 2a, 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a, 9a, 10a, 11a y 12a.
Salto: 3ª, 7ª, 8ª, 10ª y 11ª.
San José: 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 8a y 9a.
Soriano: 3º, 6a, 8a, 10a y 12a.
Tacuarembó: 7a, 8a, 9a y 15a
Treinta y Tres: 2a, 3a, 4a, 5a, 6a, 7a, 9a, 10a y 11a
2) Comuníquese a los Departamentos de Campo, Programas Sanitarios, Control de Comercio Internacional, Control Sanitario de Lácteos y Servicios Ganaderos Zonales Y Locales.
3) Comuníquese a las Divisiones Industria Animal, DILAVE, DICOSE, Unidad de Epidemiología y Sistema Nacional de Información Ganadera.
4) Comuníquese al Departamento de Comunicaciones Institucionales.
5) Publíquese en la página Web del M.G.A.P., difúndase, etc.
Firmante: Dr. Federico Fernández- Encargado de Dirección de División Sanidad Animal