Resolución N° 264/022 DINARA Levanta veda por marea roja en Maldonado, agosto

A partir de la fecha, déjase sin efecto, la prohibición oportunamente establecida por Resolución del Director General de la DINARA Nº 123/2022 de 12 de mayo de 2022 que prohíbe la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones) procedentes del Departamento de Maldonado.

VISTO: los análisis efectuados en moluscos extraídos en el Departamento de Maldonado;

RESULTANDO: que por Resolución del Director General de la DINARA Nº 123/2022 de 12 de mayo de 2022 se prohíbe la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones) procedentes del Departamento de Maldonado;

CONSIDERANDO: I) que en los últimos análisis efectuados en moluscos bivalvos extraídos de las aguas fluviales y oceánicas del Departamento de Maldonado, no se han detectado toxinas;

II) que por tanto, desde el punto de vista técnico se sugiere levantar la veda para la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos; 

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley Nº 19.175 de 20 de diciembre de 2013 y al artículo 121 del Decreto Nº 115/018 de 24 de abril de 2018;

 

LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS
RESUELVE:

1º)       A partir de la fecha, déjase sin efecto, la prohibición oportunamente establecida por Resolución del Director General de la DINARA Nº 123/2022 de 12 de mayo de 2022 que prohíbe la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones) procedentes del Departamento de Maldonado;

2º)       Comuníquese, publíquese.  

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