Resolución N° 32/013 de DGSG - Sanidad Animal - 28/05/2013 - Actualízase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina

Actualízase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina

                                                                                                                           Montevideo, 28 de mayo de 2013

Resolución S.A. N° 32 /2013

VISTO: lo dispuesto por el decreto 100/008 de fecha 18 de febrero de 2008 en relación al programa sanitario contra la brucelosis bovina en el territorio nacional:

RESULTANDO: 1) la Resolución DGSG N° 41/008 de 3 de junio de 2008, determina las zonas de riesgo a brucelosis bovina;

CONSIDERANDO: I) la información proporcionada por las oficinas Regionales y Departamentales de Montevideo e interior del país.

II) conveniente, en aplicación de lo establecido en el artículo 8° del decreto N° 100/008 de 18 de febrero de 2008, actualizar la nómina de las zonas caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina en todo el territorio nacional;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo establecido en la Ley N° 3,806 de fecha 23 de abril de 1910; Decreto N° 100/008 de 18 de febrero de 2008 y Resolución DGSG/ N° 41 de fecha 3 de junio de 2008;

LA DIRECCIÓN DE LA DIVISIÓN SANIDAD ANIMAL RESUELVE:

Actualízase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina, según el siguiente detalle:

Artigas: 43, 53, 63, 72, 83, 9' y 103.

Canelones: 43, 93 y 112.

Cerro Largo: 33, 53, 6', 8a, 92, 11a, 12a. 13a, 14a, y 16a.

Colonia: 12a, 16a y 18a. Durazno: 2a, 43, 53, 103 y 14a. Flores: 53.

Florida: 23, 8a, 93, 10a, 11a, 123 y 15a.

Lavalleja: 23, 32, 53,108 y 13a. Paysandu: 63, 73,12' y 132.

Rio Negro: 33, 4', 53, 6', 72, 83, 93, 10a, 113 y 120 .

Rivera: 43, 63 y 83.

Rocha: 2a, 3', 42, 5', 6', 72, 8a, 93, 103 y 113.

Salto: 43, 63, 73, 92, 10a, 11a, 123 y 163.

San José: 33, 43, 53, 62, 7', 82, 93 y 10a.

Soriano: 43, 5', 6', 72, 82,102 y 123.

Tacuarembó: 83, 92, 142, 15a y 16a.

Treinta y Tres: 23, 38, 48, 5', 73, 93, 103 y 113.

2, Comuníquese a los Departamentos de Campo, Programas Sanitarios. Control de Comercio Internacional, Control Sanitario de Lácteos y Servicios Ganaderos Zonales y Locales.

 

3 Comuníquese a las Divisiones Industria Animal, DILAVE y DICOSE; a la Unidad de Epidemiología y al Sistema Nacional de Información Ganadera.

  1. Comuníquese al Departamento de Comunicaciones Institucionales.
  2. Publíquese en la página Web del M.G.A.P., difúndase, etc.

Firmante: Federico Fernández - Encargado de Dirección de Sanidad Animal

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