Resolución N° 4/016 de COTRYBA: Delegación de sanciones a la Gerencia Ejecutiva
Deléganse en la Gerencia Ejecutiva de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal las atribuciones de imponer sanciones catalogadas como "leves" y "graves" a las infracciones a la ley 18.471 y a su reglamentación , las cuales siempre estarán enmarcadas dentro de los criterios y procedimientos definidos por esta Comisión según Resolución Nro. 003/2016
VISTO: la conveniencia de lograr una labor ágil y eficiente de la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal y Tenencia Responsable de Animales.
Resultando:
- que el artículo 22 de la ley N° 18.471 determinó que las infracciones a las disposiciones de esta ley y de su reglamentación serán sancionadas por la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal.
- que el artículo 176 del Decreto 62/014 establece que toda acción u omisión contraria a las normas de tenencia responsable o de bienestar animal previstas en la Ley Nº 18.471 , modificativas y concordantes y a sus reglamentaciones, es una infracción que será sancionada de acuerdo a lo establecido en la mencionada ley y en conformidad a las pautas y preceptos del presente reglamento.
- que por decreto 311/2016 estableció la estructura organizativa de la Comisión, estableciéndose una Gerencia Ejecutiva.
Considerando:
- beneficioso por razones de buena administración sustraer a las autoridades, representantes institucionales ante la COTRYBA, de la consideración de aquellos asuntos que impidan su eficiente accionar en el ejercicio de las funciones a su cargo en la Comisión, sin desmedro de garantía sustancial alguna,
- necesario, por tanto, la delegación de las atribuciones de sancionar las infracciones a la ley y a la reglamentación que se cometieran,
- conveniente proceder a efectuar la delegación de determinadas atribuciones en la Gerencia Ejecutiva de la Comisión.
Atento: a lo precedente expuesto, y lo preceptuado por el artículo 181 numeral 9 del de la Constitución, a la ley 18.471 de 27 de marzo de 2009 y normas reglamentarias y modificativas.
LA COMISIÓN NACIONAL HONORARIA DE TENENCIA RESPONSABLE Y BIENESTAR ANIMAL. Resuelve:
- Deléganse en la Gerencia Ejecutiva de la Comisión Nacional Honoraria de Tenencia Responsable y Bienestar Animal las atribuciones de imponer sanciones catalogadas como "leves" y "graves" a las infracciones a la ley 18.471 y a su reglamentación, las cuales siempre estarán enmarcadas dentro de los criterios y procedimientos definidos por esta Comisión según Resolución Nro. 003/2016.
- Para el caso de corresponder la aplicación de sanciones catalogadas como "gravísimas", su imposición deberá ser resuelta por las autoridades de la COTRYBA.
- Para el caso de incumplimiento de sanciones aplicadas, delégase en la Gerencia Ejecutiva la realización de las gestiones tendientes a su cumplimiento.
- Sin perjuicio de lo anteriormente dispuesto, la Comisión podrá avocar las atribuciones delegadas, así como el delegatario someterla a su consideración.
- Las atribuciones delegadas no pueden a su vez ser objeto de delegación.
- Comuníquese, etc.