Resolución N° 418/021 DINARA Levanta veda por marea roja en Maldonado, diciembre
Montevideo, 9 de diciembre de 2021
VISTO: los análisis efectuados en moluscos extraídos en el Departamento de Maldonado;
RESULTANDO: que por Resolución del Director General de la DINARA Nº 406/2021 de fecha 26 de noviembre de 2021, se prohibió la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos procedentes del Departamento de Maldonado;
CONSIDERANDO: I) los últimos análisis efectuados en moluscos bivalvos extraídos de las aguas fluviales y oceánicas del Departamento de Maldonado, no se han detectado toxinas;
II) por tanto, desde el punto de vista técnico se sugiere levantar la veda para la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley Nº 19.175 de 20 de diciembre de 2013 y al artículo 121 del Decreto Nº 115/018 de 24 de abril de 2018;
LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS ACUÁTICOS
RESUELVE:
1º) A partir de la fecha, déjese sin efecto, la prohibición oportunamente establecida la por Resolución del Director General de la DINARA Nº 406/2021 de fecha 26 de noviembre de 2021, para la extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones, almejas y berberechos) procedentes del Departamento de Maldonado.
2º) La presente medida no modifica la vigencia de la Resolución de DINARA Nº 336/2021 de 15 de octubre de 2021 y Nº 393/2021 de 18 de noviembre de 2021, por las cuales se dispuso la prohibición de extracción, comercialización y transporte de moluscos bivalvos (mejillones, almejas y berberechos) procedentes del Departamento de Rocha, y la Resolución de DINARA Nº 32/20 de 26 de febrero de 2020, respecto a las zonas y fechas habilitadas para su extracción.
3º) Comuníquese, publíquese.