Resolución N° 422/024 Tarifas para todos los servicios prestados por Dirección de Servicios Agrícolas, a regir a partir del 1° de julio de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024

Apruébase el valor en pesos uruguayos de las tarifas para todos los servicios prestados por esta Unidad Ejecutora, a regir a partir del 1° de julio de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024

Montevideo,                     . –

VISTO: las tarifas vigentes por los servicios que presta el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas, Unidad Ejecutora 004;

RESULTANDO: I) que el artículo 64 de la Ley N°19.438 encomienda fijar todas las tasas, tarifas, precios y multas establecidas en pesos uruguayos en unidades indexadas;

                           II) que en la Resolución Ministerial Nº 785/016, de 3 de octubre de 2016, se establece el equivalente en unidades indexadas de las tarifas de la Dirección General de Servicios Agrícolas;

                          III) que la Circular Ministerial Nº 2/017, de 28 de agosto de 2017, ordena a todas las Unidades Ejecutoras la actualización de las tarifas de acuerdo a la normativa vigente;

                         IV) que el valor de la unidad indexada al 1° de julio de 2024 es de $ 6.0582;    

CONSIDERANDO: que es oportuno indicar el valor en pesos de las tarifas para todos los servicios prestados por esta Unidad Ejecutora, a regir a partir del 1° de julio de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024;             

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por Resolución del Poder Ejecutivo Nº 18/020, de 6 de abril de 2020;

 

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS RESUELVE:

  1. Apruébase el valor en pesos uruguayos de las tarifas para todos los servicios prestados por esta Unidad Ejecutora, a regir a partir del 1° de julio de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, los que figuran en ANEXO I y son parte integrante de la presente Resolución;
  2. Los valores en pesos uruguayos antes indicados, comenzarán a regir a partir del 1° de julio de 2024.
  3. Comuníquese a la Contaduría, Tesorería y Divisiones de la Unidad Ejecutora.
  4. Comuníquese a Mejora Continua y a Gobierno Electrónico.
  5. Comuníquese a VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior).
  6. Actualícese los programas informáticos y el sitio web.
  7. Publíquese en el Diario Oficial, en la Página Web Institucional y de la DGSA.
  8. Cumplido, archívese.

 

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