Resolución N° 55/006 de DGSG -03/07/2006- Créase la Unidad de Capacitación
Montevideo,3 de julio de 2006
DGSG/RG/N° 55/006
VISTO: la necesidad de promover la capacitación técnica de los recursos humanos a los efectos de lograr el cumplimiento eficiente de las actividades correspondientes a la Dirección General de Servicios Ganaderos en la Sanidad Animal y Seguridad Alimentaria;
RESULTANDO:I) que el mantenimiento y mejoramiento del status sanitario de nuestro país, requiere de una estrategia a nivel nacional, a fin de implementar medidas de prevención y vigilancia epidemiológica dentro del territorio uruguayo;
II) que de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 3.606 de fecha 13 de abril de 1910, y decreto Nº 24/998 de fecha 29 de enero de 1998, es competencia de la Dirección General de Servicios Ganaderos el asesoramiento y apoyo técnico especializado en las acciones y regulaciones normativas en relación a la protección y calidad higiénico sanitaria de animales, alimentos y productos de origen animal;
III)que para cumplir con los objetivos de promover la salud y bienestar animal, asegurar la inocuidad de los alimentos a nivel nacional, y potenciar la competitividad y acceso a los mercados internacionales, es preciso contar con personal capacitado y actualizado, a fin de garantizar la confiabilidad de las acciones sanitarias desarrolladas por el Sector;
CONSIDERANDO: I) conveniente adecuar la capacidad técnica de los recursos humanos al servicio del Sector productivo, y a las exigencias de los mercados compradores;
II) necesario constituir una Unidad de Capacitación en la órbita de esta Dirección General, a fin de propender a la inserción de las actividades de capacitación dentro de un marco de integración y complementación, tanto en lo nacional como en lo regional e internacional
ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo dispuesto por el artículo 156 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005 y decreto Nº 24/998 de fecha 29 de enero de 1998;
LA DIRECCION GENERALDE SERVICIOS GANADEROS RESUELVE:
1-Créase la Unidad de Capacitación integrada por: el Dr. Ricardo Sienra que ejercerá la coordinación general de dicha Unidad y por el Dr. Niel Rodríguez, Sra. Adriana Martínez, Sra. Matilde Roda, Sr. Edgardo Lima y Dr. Thomaz Pereira, sin perjuicio del cumplimiento de las funciones inherentes a sus respectivos cargos.
2-La Unidad de Capacitación que se crea, elaborará su reglamento interno, y tendrá las siguientes funciones:
·Proponer, implementar y organizar cursos de actualización destinados al personal técnico y de apoyo de la Dirección General con la finalidad de mantener la actualización respecto a avances científicos, dentro de las áreas de sus respectivas competencias.
·Relevar las necesidades de capacitación de los Servicios Ganaderos y mantener una base de datos actualizada sobre las calidad técnica de sus recursos humanos.
·Proponer, organizar y supervisar charlas, cursos, seminarios de capacitación a los profesionales veterinarios de libre ejercicio que desarrollan actividades sanitarias para el Sector.
·Proponer y organizar cursos de capacitación para productores agropecuarios y otros actores involucrados de forma de lograr una armónica integración de los componentes de la cadena agroalimentaria.
·Programar y organizar, conjuntamente con técnicos especialistas en el área, programas específicos de capacitación y actualización de temas, procurando la participación armónica de actores provenientes tanto del área oficial como del sector privado.
·Proponer y organizar programas de capacitación en áreas de apoyo tales como informática, procedimientos administrativos, operativos, etc., utilizando las nuevas tecnologías y combinando la formación presencial con la educación a distancia.
·Evaluar en forma continua de las actividades desarrolladas en los cursos a los efectos de mejorar la calidad de los mismos.
·Programar y organizar cursos de capacitación de carácter general relativos a auditorias.
·Colaborar en los programas de difusión y propaganda acorde a las necesidades de los programas de los Servicios Ganaderos.
3-Todas las dependencias de la Dirección General de Servicios Ganaderos, deberán prestar su colaboración en los casos que la Unidad de Capacitación lo requiera.
4-Notifíquese personalmente a los funcionarios designados para integrar la Unidad de Capacitación.
5-Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal, Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino, Contralor de Semovientes y por su intermedio, a las demás dependencias de la Dirección General de Servicios Ganaderos.
6-Dése cuenta a la Dirección General de Secretaría.
7-Publíquese en la Página Web del MGAP, difúndase, etc.
Firmante: Dr. Francisco Muzio - Director General