Resolución N° 61/021 A de DGSG Sanidad Animal: Exoneración presentación certificado Art. 7

Exonérase de la presentación del certificado oficial exigido por el artículo 7 de la resolución S.A. Nº 75/012 de 26 de julio de 2012, respecto a los animales de la especie bovina que concurran a exposiciones.

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REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS

DIVISIÓN SANIDAD ANIMAL

Montevideo, 18 de agosto de 2021.

Resolución D.S.A. Nº 61A/2021

VISTO: lo dispuesto por la resolución S.A. Nº 75/012 de 26 de julio de 2012, modificativas y complementarias en relación a los requisitos sanitarios para el ingreso de animales a sitios de concentración (remates feria, exposiciones, liquidaciones, locales de venta, etc.);

RESULTANDO: I) que el artículo 7 de la mencionada norma, dispone que los animales que concurran a exposiciones, deberán ir acompañados de un Certificado Oficial extendido por el Servicio Ganadero Zonal de origen, que haga constar que el establecimiento de donde proceden los animales, se encuentra libre de enfermedades infectocontagiosas y/o parasitarias;

II) que la exigencia precedente, no se justifica en caso de animales de la especie bovina, ya que los predios interdictos por dichas enfermedades se encuentran registrados en la base de datos del Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG) y se verifican al solicitar el pre embarque de los animales con cualquier destino;

CONSIDERANDO: I) pertinente, disponer la exoneración de presentar el certificado oficial exigido por el artículo 7 de la resolución S.A. Nº 75/012 de 26 de julio de 2012, respecto a los animales de la especie bovina que concurran a exposiciones;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley Nº 3.606 de fecha 13 de abril de 1910 modificativas y sus reglamentaciones; decreto Nº 226/978 de 26 de abril de 1978 y artículo 215 de la ley Nº 18.362 de 6 de octubre de 2008;

LA DIVISIÓN SANIDAD ANIMAL
RESUELVE:

1º) Exonérase de la presentación del certificado oficial exigido por el artículo 7 de la resolución S.A. Nº 75/012 de 26 de julio de 2012, respecto a los animales de la especie bovina que concurran a exposiciones.

2°) Dese cuenta a la Dirección General de Servicios Ganaderos.

3°) Publíquese en el Diario Oficial y en la Página Web Institucional, difúndase.

Firmante: Dr. Martín Altuna - Director de la División Sanidad Animal

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