Resolución N° 617/026 Autorización de ampliación de uso de ingredientes activos para el control de malezas en caña de azúcar (Saccharum officinarum)

Se autoriza la ampliación de uso de los ingredientes activos Isoxaflutole, Isoxaflutole + Thiencarbazone + Ciprosulfamida y Bromoxinil para el control de malezas en el cultivo de caña de azúcar (Saccharum officinarum), estableciendo las dosis, condiciones de uso, medidas de mitigación para la salud humana y el ambiente, y el plazo para que las empresas registrantes adecuen las etiquetas de los productos fitosanitarios correspondientes. El trámite de ampliación de uso para este cultivo menor estará exonerado del pago de la tasa de evaluación y registro.

Montevideo, 09 JUL. 2026

VISTO: la solicitud recibida por parte de ALUR acerca de la autorización de determinados fitosanitarios para el control de malezas en el cultivo de caña de azúcar (Saccharum officinarum);

RESULTANDO: 

I) que por las gestiones de referencia se solicitó ampliación de los usos autorizados de ingredientes activos (Expediente Nº 2026-7-4-0000191);

II) que de acuerdo a la evaluación técnica efectuada y en base a la información aportada, los productos en base a: Isoxaflutole, Isoxaflutole+Thiencarbazone+Ciprosulfamida y Bromoxinil, a las dosis indicadas para la combinación cultivo-maleza, han mostrado eficacia biológica para el control de las mismas;

III) que de acuerdo a la Resolución N° 408/019, el cultivo de caña de azúcar es considerado un cultivo menor;

IV) que se ha realizado la evaluación de peligrosidad y en función de la misma se aplicarán las recomendaciones de uso y medidas de mitigación correspondientes;

CONSIDERANDO:

I) que la utilización de productos fitosanitarios requiere cumplir estrictamente con los requisitos legales y también los impuestos por los protocolos de certificación; 

II) que es necesario incluir los presentes ingredientes activos para el efectivo control de malezas en el cultivo de referencia, para actualizar el abanico de Productos Fitosanitarios en relación a malezas resistentes a otros ingredientes activos;

ATENTO: a lo expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 175,176 y 177 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013; artículos 19 y 25 del Decreto N° 149/977, de 15 de marzo de 1977 y al artículo 1º del Decreto N° 294/004, de 11 de agosto de 2004; 

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRICOLAS

RESUELVE:

1°) Autorizar la ampliación de uso de los productos a base de los Ingredientes Activos: Isoxaflutole, Isoxaflutole+Thiencarbazone+Ciprosulfamida y Bromoxinil bajo las siguientes condiciones:

  1. En función del Análisis de Potencial de Peligrosidad Ambiental efectuado para los diferentes ingredientes activos que se autorizan en la presente resolución, los mismos no representan riesgos para el ambiente y organismos no objetivo; 

  2. Deberán incluirse las siguientes medidas de mitigación para la salud humana: 

  3. Usar guantes de Nitrilo.

  4. Usar mameluco impermeable exclusivo para la tarea que permita el intercambio de calor de material, fácilmente lavable y disponer de recambio en caso de accidente. 

  5. Usar botas por dentro del mameluco.

  6. Usar careta antiparras y máscara de tipo N100 con filtros de partículas y vapores orgánicos.

  7. Lavar cuidadosamente los elementos empleados con el producto luego de cada aplicación y en el lugar de trabajo evitando la contaminación del trabajador y su familia. 

 

Ingrediente activo: Isoxaflutole

Dosis: 90 g a 112,5  gr de i.a /ha 

Momento de aplicación: Pre emergente. 

Número de aplicaciones: una aplicación

Malezas: Setaria geniculata, Digitaria sanguinalis, Paspalum urvillei, Echinochloa colona, Eleusine indica, Paspalum dilatatum. Chenopodium album, Veronica arvensis, Amaranthus quitensis, Brachiaria platyphylla

Tiempo de espera: no corresponde        

Toxicidad del ingrediente activo para organismos acuáticos: Moderadamente tóxico

Toxicidad del ingrediente activo en aves: Prácticamente no tóxico

Toxicidad del ingrediente activo en abejas: Prácticamente no tóxico

Toxiciadad del ingrediente activo para lombrices: Moderadamente tóxico

Ingrediente activo: Isoxaflutole+Thiencarbazone+Ciprosulfamida (protector)

Dosis: 67,5 a 112,5 + 27 a 45 + 45 a 75 g i.a /ha 

Momento de aplicación: Pre emergente. 

Número de aplicaciones: una aplicación

Malezas: Setaria geniculata, Digitaria sanguinalis, Paspalum urvillei, Echinochloa colona, Eleusine indica, Paspalum dilatatum, Brachiaria platyphylla

Tiempo de espera: no corresponde

Las dosis más altas corresponden a suelos con mayores porcentajes de materia orgánica y arcilla  

Isoxaflutole

Toxicidad del ingrediente activo para organismos acuáticos: Moderadamente tóxico

Toxicidad del ingrediente activo en aves: Prácticamente no tóxico

Toxicidad del ingrediente activo en abejas: Prácticamente no tóxico

Toxiciadad del ingrediente activo para lombrices: Moderadamente tóxico

Thiencarbazone

Toxicidad del ingrediente activo  para organismos acuáticos: Altamente tóxico

Toxicidad del ingrediente activo  en aves: Prácticamente no tóxico

Toxicidad del ingrediente activo en abejas: Prácticamente no tóxico

Toxicidad del ingrediente activo en lombrices: Prácticamente no tóxico

Ingrediente activo: Bromoxinil

Dosis: 285,6 a 357 g de i.a./ha

Momento de aplicación: post emergencia temprana

Número de aplicaciones : una aplicación

Malezas: Senecio madagascariensis, Anthemis cotula, Amaranthus quitensis, Coronopus didymus, Chenopodium album, Polygonum aviculare, Polygonum convolvulus, Portulaca oleracea, Rapistrum rugosum, Cirsium vulgare, Carduus nutans, Echium plantagineum. 

Tiempo de espera:  No corresponde

Toxicidad del ingrediente activo para organismos acuáticos: Altamente tóxico

Toxicidad del ingrediente activo en aves: Prácticamente no tóxico

Toxicidad del ingrediente activo en abejas: Prácticamente no tóxico

Toxiciadad del ingrediente activo para lombrices: Moderadamente tóxico

2°) Para los Viveros Forestales las firmas registrantes de productos que a la fecha tienen registros vigentes en base a los ingredientes activos: Isoxaflutole, Isoxaflutole+Thiencarbazone+Ciprosulfamida y Bromoxinil, podrán realizar las ampliaciones de uso sin necesidad de información adicional agregando en sus correspondientes proyectos de etiquetas, las recomendaciones de uso y medidas de mitigación señaladas en el numeral 1°.

3°) A tales efectos, dispondrán de un plazo de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos para presentar las solicitudes de modificación de etiqueta (Form. 234 D).

4°) Para Caña de azúcar (Saccharum officinarum), el trámite no insumirá costos para la empresa registrante, al amparo de lo dispuesto por el artículo 177 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2018, en la redacción dada por el artículo 129 de la Ley N° 19.670, de 15 de octubre de 2018, mediante el cual se faculta al Poder Ejecutivo a eximir el pago de la tasa de evaluación y registro o renovación de productos fitosanitarios cuyo destino sea el uso en cultivos menores.  

5°) Por el Departamento de Administración notifíquese a ALUR y a las empresas registrantes de fitosanitarios con productos vigentes o en renovación en base a los ingredientes activos: Isoxaflutole, Isoxaflutole+Thiencarbazone+Ciprosulfamida y Bromoxinil. 

6°) Publíquese en la página web, dese cuenta a la División Control de Insumos y extiéndase copia a la Dirección General de Secretaría de Estado.

7°) Cumplido archívese.

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