Resolución N° 63/013 de DGSG - Sanidad Animal- 31/10/2013 - Actualízase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina

Actualízase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a brucelosis bovina

                                                                                                                           Montevideo, 31 de octubre de 2013

Resolución Nº63 /2013

 

VISTO: lo dispuesto por el decreto Nº 100/008 de fecha 18 de febrero de 2008 en relación al programa sanitario contra la brucelosis bovina en el territorio nacional;


RESULTANDO: I) la  Resolución  de DGSG Nº 41/008 de 3 de iLlf110 de 2008, determine las zonas de riesgo a brucelosis bovina:

CONSIDERANDO:   I) la información  proporcionada  par   las  Oficinas  Regionales  y Departamentales de Montevideo e interior del país;

II) conveniente, en aplicación de lo establecida en el artículo 8º  del decreto  Nº 100/008  de 18  de  febrero  de 2008,  actualizar  la  nómina  de  las zonas caracterizadas coma de riesgo a brucelosis bovina en todo el territorio nacional;


ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo estabrecido en la Ley Nº 3.606 de fecha 23 de abril de 1910; Decreto Nº 100/008 de 18 de febrero de 2008 y Resolución Nº 41 de fecha 3 de junio de 2008;

LA DIRECCION DE LA DIVISION SANIDAD ANIMAL  RESUELVE:

1. Actualizase la nómina de Seccionales Policiales caracterizadas como de riesgo a
      brucelosis bovina, según el siguiente detalle:

Artigas:        4º, 6º, 7", 8", 9º y 10º.

Canelones:     9º y  11º.

Cerro Largo: 3º, 5º, 6º, 8º, 9º, 11º, 12º,13º, 14º y 16º.

Colonia-   12º, 16º y 18º.

Durazno: 2º, 4º, 5º, 10º y 14º.

Flores:     5º

Florida: 9º, 10º, 11º,12º y 15º

Lavalleja: 2º y 10º

Paysandú: 6º, 7º, 12º, y 13º

Rio Negro: 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º y 12º

Rivera: 6º y 8º

Rocha: 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º  y    10º

Salto:  4º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º y 16º

San José: 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10º

Soriano: 4º, 5º, 7º, 8º,10º y 12º

Tacuarembó:  8º, 9º, 14º, 15º y 16º

Treinta y Tres: 2º, 3º, 4º, 5º, 7º, 9º, 10º y 11º

2.  Comuníquese a los Departamentos de Campo, Programas Sanitarios, Control de
      Comercio Internacional, Control Sanitario de Lácteos y Servicios Ganaderos Zonales
      y Locales.

3. Comuníquese a las Divisiones Industria Animal, DILAVE y DICOSE: a la Unidad de
      Epidemiología y al Sistema Nacional de Información Ganadera.

4. Comuníquese al Departamento de Comunicaciones Institucionales.

5.  Publíquese en la página Web del M.G.A.P, difúndase, etc.

 

Firmante: Federico Fernández – Encargado de la División Sanidad Animal

 

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