Resolución N° 67/011 de DGSG- 21/06/2011-Apruébase el Manual de Procedimiento para la habilitación y registro de establecimientos dedicados al engorde de bovinos a corral con destino a faena

Apruébase el Manual de “Procedimiento para la habilitación y registro de establecimientos dedicados al engorde de bovinos a corral con destino a faena”

 

 

Montevideo, 21 de junio de 2011.

DGSG/N° 67/011

VISTO: la necesidad de contar con procedimientos para el registro y habilitación de establecimientos dedicados en todo o en parte al engorde de bovinos a corral con destino a faena, de acuerdo a lo dispuesto por el decreto Nº 178/010 de 7 de junio de 2010;

RESULTANDO: la División Sanidad Animal, diseñó los procedimientos y elaboró una propuesta, en base a las características propias de los establecimientos a registrar y habilitar, de acuerdo a la normativa vigente;

CONSIDERANDO:I) necesario aprobar los procedimientos para el registro y habilitación de establecimientos dedicados en todo o en parte al engorde de bovinos a corral, elevados por la División Sanidad Animal;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la ley Nº 3.606 de 10 de abril de 1910; Ley Nº 13.640 de 26 de diciembre de 1967; Decreto Nº 328/993 de 9 de julio de 1993; decreto Nº 241/004 de 14 de julio de 2004; decreto Nº 128/04 de 15 de julio de 2004; Decreto Nº 700/973 de 23 de agosto de 1973 (Decreto-Ley Nº 14.165 de 7 de marzo de 1974); artículo 261, 262 y 285 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 ; ley Nº 17.950 de 8 de enero de 2006; decreto Nº 369/983 de 7 de octubre de 1983 Reglamento de Inspección Veterinaria Oficial de Productos de origen animal), ley Nº 17.997 de 2 de agosto de 2006; decreto Nº 178/2010 de 7 de junio de 2010 y Decreto Nº 24/998 de fecha 24 de enero de 1998;

LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS RESUELVE:

1. Apruébase el Manual de “Procedimiento para la habilitación y registro de establecimientos dedicados al engorde de bovinos a corral con destino a faena”

2. El Manual referido en el numeral precedente se adjunta y forman parte integrante de la presente Resolución.

3. Notifíquese a los integrantes del Comité de Acreditación. 4. Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Industria Animal, Contralor de Semovientes y Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino y por su intermedio, a todas las dependencias de la Dirección General de Servicios Ganaderos en Montevideo e Interior del país.

5. Dese cuenta a la Facultad de Veterinaria, Sociedad de Medicina Veterinaria y Academia Nacional de Veterinaria.

6. Notifíquese personalmente a los veterinarios de libre ejercicio aspirantes a la acreditación en el área referida en la presente resolución.

7. Publíquese en la página Web del MGAP y en las carteleras de todas las dependencias de la División Sanidad Animal y DILAVE de Montevideo e Interior del país para conocimiento público.

8. Publíquese en el Diario Oficial.

Firmante: Dr. Francisco Muzio - Director General

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