Resolución N° 674/022 DGSA Tarifas para todos los servicios prestados de julio a diciembre de 2022

Se aprueba el valor en pesos uruguayos de las tarifas para todos los servicios prestados por esta unidad ejecutora, a regir a partir del 1º de julio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, los que figuran en ANEXO I y son parte integrante de la presente Resolución.

VISTO: las tarifas vigentes por los servicios que presta el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Agrícolas, Unidad Ejecutora 004;

RESULTANDO: I) Que el Artículo 64 de la Ley 19438 encomienda fijar todas las tasas, tarifas, precios y multas establecidas en pesos uruguayos en unidades indexadas;

II) Que en la Resolución Ministerial Nº 785 del 3 de octubre de 2016 se establece el equivalente en unidades indexadas de las tarifas de la Dirección General de Servicios Agrícolas;

III) Que la Circular Ministerial Nº 2 del 28 de agosto de 2017 ordena a todas las Unidades Ejecutoras la actualización de las tarifas de acuerdo a la normativa vigente;

IV) Que el valor de la unidad indexada al 1º de julio de 2022 es $ 5.4338;

CONSIDERANDO: oportuno indicar el valor en pesos de las tarifas para todos los servicios prestados por esta unidad ejecutora a regir a partir del 1º de julio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por Resolución del Poder Ejecutivo Nº 18 de fecha 06 de abril de 2020;

EL DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS

RESUELVE:

1. Aprobar el valor en pesos uruguayos de las tarifas para todos los servicios prestados por esta unidad ejecutora, a regir a partir del 1º de julio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, los que figuran en ANEXO I y son parte integrante de la presente Resolución;

2. Los valores en pesos antes indicados comenzarán a regir a partir del 1 de julio de 2022;

3. Comuníquese a la Contaduría, Tesorería y Divisiones de la unidad ejecutora;

4. Comuníquese a Mejora Continua y a Gobierno Electrónico;

5. Comuníquese a VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior);

6. Actualícese los programas informáticos y el sitio web;

7. Publíquese en el Diario Oficial y en dos diarios de circulación nacional.

Ing. Agr. Leonardo Olivera Uriarte
Director General
Programa 4
M.G.A.P.-Servicios Agrícolas

 

ANEXO I - Tarifas julio-diciembre de 2022

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