Resolución N° 95/009 de DGSG - 01/06/2009- Se anexa Manual de Procedimiento para la eliminación de animales reaccionantes positivos a brucelosis bovina

Apruébase el Manual de Procedimiento para la eliminación de animales reaccionantes positivos a Brucelosis Bovina.

 

Montevideo, 1° de junio de 2009.

DGSG/RG/Nº95/2009

VISTO: el programa de control y erradicación de brucelosis bovina llevado a cabo por esta Dirección General, en todo el territorio nacional;

RESULTANDO: I) de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 12.937 de 9 de noviembre de 1961, artículo 57 de la ley Nº 16.462 de 11 de enero de 1994 y decreto Nº 265/998 de 23 de setiembre de 1998, las plantas de faena determinadas por la Dirección General de Servicios Ganaderos, obligatoriamente deberán recibir y faenar animales reaccionantes positivos a brucelosis bovina;

II) la brucelosis es una zoonosis de alta difusibilidad, tanto en animales como en el hombre, en virtud de lo cual, resulta imprescindible establecer garantías sanitarias para evitar su propagación, a través del control de destino de los animales enfermos; III) la División Industria Animal, es responsable del control de la eliminación de los animales bovinos reaccionantes positivos a la enfermedad, en las plantas de faena de destino, determinadas a tales efectos;

CONSIDERANDO: I) necesario establecer un procedimiento conteniendo pautas de seguridad especiales, para la faena de los animales positivos a brucelosis, a efectos de prevenir la transmisión de la enfermedad tanto al personal del frigorífico, como a los funcionarios de la inspección veterinaria oficial de la División Industria Animal, minimizando el riesgo de contagio;

II) la propuesta formulada por la División Industria Animal; ATENTO: a lo precedentemente expuesto; a lo establecido en la Ley Nº 3.606 de fecha 23 de abril de 1910; Ley Nº 12.937 de fecha 9 de noviembre de 1961 y sus Decretos Reglamentarios; artículo 57 de la ley Nº 16.462 de 11 de enero de 1994 y decreto Nº 265/998 de 23 de setiembre de 1998; decreto Nº 369/983 de 7 de octubre de 1983 y Decreto Nº 24/998 de fecha 29 de enero de 1998;

LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS RESUELVE:

 1. Apruébase el Manual de Procedimiento para la eliminación de animales reaccionantes positivos a brucelosis bovina, cuyo texto se adjunta y forman parte integrante de la presente Resolución.

2. El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el Manual de Procedimiento que se aprueba, aparejará la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 285 de la ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.

3. Comuníquese a la División Industria Animal y por su intermedio notifíquese personalmente a todos los funcionarios de dicha División y a las plantas frigoríficas involucradas.

4. Comuníquese a las Divisiones Sanidad Animal, Contralor de Semovientes y Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino y a todas las dependencias de la Dirección General de Servicios Ganaderos en Montevideo e Interior del país.

5. Publíquese en la página Web del MGAP.

6. Difúndase, publíquese, etc.

Firmante: Dr. Francisco Muzio - Director General

Descargas

Etiquetas