Información
Devolución IVA Gasoil
Los productores de leche, de arroz, de frutas, flores y hortalizas y los productores apícolas y
ganaderos (bovino y ovino) que no tributen IRAE (Impuesto a las Rentas de las Actividades
Económicas), podrán acceder a una devolución del IVA incluido en las compras de gasoil que
realicen en el desarrollo de dichas actividades.
Este beneficio se encuentra vigente desde el 1º de marzo de 2018 y fue establecido en
principio, por el plazo de un año el cual fue prorrogado por un año más. El mismo tiene un
límite máximo que se define en función de las ventas realizadas en el ejercicio anterior.
Las devoluciones se realizarán en efectivo y el procedimiento diseñado no implica costos
adicionales.
La DGI publicará en su sitio Web consultas que permitirán que los productores sepan si son beneficiarios y, si lo son, cuál es el límite máximo del beneficio al que podrán acceder , y si no lo son, la causa por la cual no se encuentra dentro de la lista de beneficiarios. Para la primera consulta, es decir saber si es beneficiario o no, alcanza con ingresar a Servicios en línea, luego a “Devolución IVA Gasoil productores rurales - Consulta Beneficiarios” escribir el número de RUC. No es necesario tener una clave.