Vivir en Uruguay

Trámites al llegar a Uruguay

Guías

Una vez que llegues al país es necesario que realices algunos trámites, como la gestión del testimonio de Partida de Estado Civil, el trámite para la residencia y la Cédula de Identidad, entre otros.

Gestionar el testimonio de Partida de Estado Civil

1. Legalización o apostillado

Luego de haber obtenido el testimonio de partida de estado civil en el país de origen, es necesaria la autenticación de la firma del agente consular uruguayo que legalizó el documento en el mismo, para otorgarle validez dentro de Uruguay. Este procedimiento no es necesario cuando el documento ha sido apostillado.

Este trámite depende del Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación, Centro de Atención Ciudadana.

Para realizar el trámite se debe presentar el documento extranjero, expedido por la autoridad competente del Estado de origen y legalizado por el agente consular del Uruguay ante el mismo.

2. Traducción

El documento originado en el extranjero emitido en otro idioma, debe ser traducido al español para tener efecto en el Uruguay (excepto en el caso de ciudadanos brasileros).

Las únicas traducciones válidas para Uruguay son las efectuadas por:

  • Agente Consular uruguayo: legalizada, acompañada por el original debidamente legalizado.
  • Colegio de Traductores: en Uruguay.

3. Inscripción en el Registro de Extranjeros

Es la transcripción del testimonio de partida de estado civil extranjera, legalizada o apostillada y traducida (según corresponda). Con ello se obtiene un testimonio de partida uruguaya donde figuran los datos que se encuentran en el testimonio de partida extranjera.

Se realiza en el Ministerio de Educación y Cultura, Dirección General del Registro de Estado Civil.

Accede al trámite en línea

Tramitar la residencia

Es el trámite que la persona extranjera con ánimo de residir en el país debe realizar para regularizar su situación documental.

¿Qué características generales tiene este trámite?

  • Las gestiones son exclusivamente personales.
  • Si la persona no habla español, se solicita que concurra con intérprete.
  • Todo documento extranjero que se presente debe estar legalizado o apostillado.
  • Todo documento en idioma distinto al español debe ser traducido, excepto si proviene de Brasil (Ley Nº 18.134).
  • Todo testimonio de partida de estado civil nacional debe tener un tiempo menor de 30 días de expedida para la realización del trámite.
  • Para iniciar el trámite se deben presentar todos los requisitos, los cuales son excluyentes.
  • Asimismo, las autoridades competentes podrán solicitar alguna documentación complementaria.

Conoce los tipos de residencia que existen.

Obtener la cédula de identidad

La cédula de identidad es el documento nacional que identifica a la persona física. Su tramitación está a cargo del Ministerio de Interior, Dirección Nacional de Identificación Civil (que tiene sedes en todos los departamentos del país).

De acuerdo a su situación, los extranjeros deben cumplir con ciertos requisitos a la hora de solicitar este documento.

Conoce los requisitos para solicitar la cédula de identidad.

Introducción de Enseres, Herramientas y Máquinas para extranjeros (Decreto Nº 572/94)

Los extranjeros que vienen a establecerse a Uruguay podrán ingresar, libre de impuestos:

Como equipaje acompañado:

  • Ropas y objetos de uso personal
  • Libros, folletos y periódicos.

Franquicias del viajero: Además de los bienes que integran el equipaje, el viajero que ingrese por vía aérea o marítima, tendrá una exención para otros objetos de U$S 300 (trescientos dólares estadounidenses) o su equivalente en otra moneda si ingresa desde un país del Mercosur y de U$S 500 (quinientos dólares estadounidenses) si lo hace desde el resto del mundo. En los casos de ingreso a través de frontera terrestre, la franquicia es de U$S 150 (ciento cincuenta dólares estadounidenses) o su equivalente en otra moneda.

Como equipaje no acompañado, están libres de impuestos:

  • La ropa y objetos de uso personal usados,
  • Los libros y periódicos,
  • Los muebles y otros bienes de uso doméstico;
  • Herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio, individualmente considerado.

Condiciones:

  • El goce del beneficio para herramientas, máquinas, etc. está sujeto a la previa comprobación de la actividad desarrollada por el pasajero.
  • Para el equipaje no acompañado no son de aplicación las franquicias para viajeros.
  • El equipaje no acompañado deberá arribar al Territorio Aduanero dentro de los 3 meses anteriores o hasta los 6 meses posteriores a la llegada del viajero y solo será liberado después del arribo.
  • Deberá llegar en condición de carga y provenir del lugar o lugares de procedencia del viajero.
  • El trámite podrá ser efectuado por el propio interesado o por su representante autorizado por carta poder. Deberá iniciarse con la presentación ante la Autoridad Aduanera de:  a) Solicitud de ingreso.  b) La lista de efectos personales intervenida por el Consulado del país donde estuvo residiendo. c) La constancia de ingreso al país otorgada por la Dirección de Migraciones.
  • El equipaje quedará en depósito hasta la autorización.
  • Mientras los extranjeros no tengan la residencia permanente en el país, sus bienes podrán ingresar bajo el régimen de Admisión Temporaria, debiendo presentarse una garantía por los tributos que pudieran corresponder. El trámite lo puede realizar el interesado o quién lo represente ante la Autoridad Aduanera. La garantía le será devuelta una vez acreditada la residencia definitiva en el país.

Otros trámites

Se debe tener en cuenta que hay otros trámites que, en caso de que lo amerite, se deberán realizar, como tramitar el Permiso de menor de edad y la Constancia de domicilio.

 

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