Cánepa y la aprobación del Presupuesto

“Es un profundo error decir que hubo un error” en artículo que originó conflicto judicial

El prosecretario de la Presidencia, Diego Cánepa, puntualizó, respecto del conflicto con el Poder Judicial, que el problema no parte de una equivocación en la redacción del punto cuestionado del Presupuesto Nacional, por lo que consideró que “es un profundo error decir que hubo un error”. Recordó que ese artículo, declarado inconstitucional, se votó en el Senado con una mayoría superior a la que tiene el Frente Amplio.

Prosecretario de Presidencia, Diego Cánepa

En relación con el conflicto en el Poder Judicial y el reclamo que efectúan los empleados, Cánepa dijo que durante el Consejo de Ministros se informó por parte del ministro de Economía acerca de los intercambios entre el Gobierno y los ministros de la Suprema Corte de Justicia. 


Recordó que por parte de la Presidencia se encuentra como responsable de este tema el secretario Homero Guerrero, quien trabaja junto con un grupo integrado por representantes del Ministerio de Economía y otros miembros del Gobierno en conjunto con el Poder Judicial para encontrar un punto de acuerdo sobre este problema. 


Cánepa recordó que el exsecretario Alberto Breccia impulsó el artículo que generó este conflicto. Dijo que como el país atravesaba un período electoral el Gobierno no quiso generar un debate sobre este tema. Puntualizó que integrantes de la oposición y algunos medios de comunicación señalaron que el problema partió de un error y “es un profundo error decir que hubo un error”. 


Explicó que el artículo original se continúa aplicando a los cargos “Q” del Estado que no cobran de acuerdo a su vinculación y porcentaje con lo que actualmente cobran los ministros. Dijo que aquí hubo una diferencia de interpretación entre el Poder Ejecutivo que lo continúa aplicando de la misma manera a sus colectivos y el Poder Judicial que declaró inconstitucional una ley interpretativa por razón de forma y no de contenido. Luego también declaró inconstitucional, por una razón de forma, una nueva ley que se votó en la Rendición de Cuentas, ya que se sostuvo por la Suprema Corte que, si bien había sido votada, no contaba con la iniciativa del Poder Ejecutivo. 


Cánepa dejó constancia de que el artículo en el que se basa el Poder Judicial está en una ley específica de ordenamiento de tribunales que no es de Rendición de Cuentas o de Presupuesto y de que, sin embargo, para la Suprema Corte esa ley no es inconstitucional.


Recordó que el artículo de Presupuesto declarado inconstitucional es visto por los distintos equipos de varios ministerios y se vota en el Parlamento en dos cámaras, con una mayoría en la cámara de Senadores superior a los votos del Frente Amplio en ese momento. 


Antecedentes

La Ley de Presupuesto de 2010 contenía al artículo 64, el cual equiparaba los salarios de los ministros de Estado con el de los senadores y en porcentaje a distintos directores del Ejecutivo. 


Al entrar en vigencia en enero de 2011, la Suprema Corte entendió que todos los magistrados y defensores de oficio del Poder Judicial estaban excluidos de este artículo 64, por lo que cobrarían la misma retribución de los ministros de Estado.  A partir de ese momento, el Poder Ejecutivo envió una norma interpretativa para aclarar este tema, la cual fue recurrida por algunos colectivos y, por lo tanto, fue declarada inconstitucional. La Suprema Corte pagó el salario a los magistrados hasta que salió esta norma, al ser declarada inconstitucional el Poder Judicial no siguió pagando. 


En la Rendición de Cuentas de 2012 hubo otra norma que modificada el artículo 64 original y el Poder Ejecutivo entendió que no estaban ligados esos cargos a los de los ministros de Estado. Esta norma también fue recurrida por algunos colectivos y declarada inconstitucional, lo que abre la vía de una acción del cobro de pesos de esos colectivos que entendían que la ley al ser declarada inconstitucional reclamaban una deuda de enero de 2011 y un aumento del 21,6 % desde entonces. 


 

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