Abarca la industria y los domicilios

Gobierno presenta reglamento de seguridad para instalaciones fijas de gas natural

La Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea) elaboró un nuevo reglamento para las instalaciones fijas de gas natural, que modifica el decreto 216/2002, en el cual se establecen certificaciones y revisiones periódicas tanto en la industria como en los domicilios. Este instrumento legal surge de un proceso de consulta con los actores de la cadena de valor de este servicio energético en Uruguay.

La Ursea presentó nuevo reglamento para uso del gas natural
El reglamento presentado por la Ursea se basa en el decreto 216/2002 y atiende la solicitud de 2009 de normar sobre la seguridad de las instalaciones fijas de gas natural por cañería y embasado.

El objetivo es establecer los requisitos de seguridad y procedimientos para el proyecto, ejecución, habilitación y mantenimiento de instalaciones fijas de gases combustibles en los ámbitos residencial, comercial o industrial. Las medidas fueron definidas en forma independiente a que el combustible sea suministrado desde un sistema de transporte, una red de distribución o por sistemas aislados, incluyendo recipientes portátiles y tanques estacionarios.

Los requisitos no se aplican a instalaciones alimentadas por un único recipiente portátil de gas licuado del petróleo (GLP) de contenido inferior a 15 kilogramos, conectado por flexible o acoplado directamente a un solo aparato de utilización móvil.
 
Este reglamento se aplica a las instalaciones para gas natural (GN), GLP o aire propano. Se excluyen las instalaciones para este combustible comprimido vehicular (GNCV), gas natural licuado (GNL), biogás, gas manufacturado y gas generado en digestor o en gasógeno.
 
Asimismo, las disposiciones afectan a instalaciones nuevas y a todas las que deben ser modificadas, ampliadas o reparadas, sin ser retroactivo a instalaciones existentes que estuviesen aprobadas de acuerdo con los requisitos vigentes al momento de la instalación, excepto en aquellos casos en que así sea dispuesto por resolución de la Ursea.
 
El presidente de la Ursea, Daniel Greif, sostuvo que se trata de un cambio de instrumento, ya que se pasa de un decreto difícil de modificar a un reglamento con un articulado coherente que permite al regulador dar un seguimiento y análisis para poder hacer mejoras en los casos en que se detecten necesidades.

Explicó que el decreto anterior establecía ciertos aspectos, algunos de los cuales se identificaron como problemáticos de aplicar, con aspectos de seguridad que la realidad demostró la necesidad de flexibilizar.

Para este nuevo instrumento se recogió la experiencia de otros países en seguridad de las instalaciones y se incorporaron conceptos distintos, como el hecho de no contar con una habilitación al principio, sino con una revisión periódica cada pocos años, añadió.

“Es un elemento que va a aportar seguridad y es lo que ha demostrado la experiencia internacional para el manejo de un combustible que se trata de incentivar a partir de la política energética con la incorporación de la futura planta regasificadora y el incremento del uso de ese energético en todo el país”, indicó.

Greif aclaró que todas las instalaciones nuevas requerirán la habilitación que se obtiene a partir de nuevos formularios y la periodicidad en la revisión de las instalaciones.

En los primeros 18 meses de aplicación no se exigirá en las instalaciones ya existentes y se instrumentará el proceso de certificación de las condiciones de seguridad.

El funcionario resaltó que este reglamento se adecuó a través de un mecanismo de consulta pública, donde se relevaron las opiniones de los actores en contacto con los sectores.

Al respecto se definió una propuesta de reglamento que se sometió a consulta pública en un plazo determinado y del cual se recibieron más de 80 aportes entre propuestas, preguntas y planteos de dudas.

Todo ello se estudió para elaborar luego la readecuación del reglamento que regirá para los operadores del sector, abarcando las empresas distribuidoras de gas natural, los técnicos y las firmas que deberán hacer las inspecciones.

 

Descargue el Reglamento de URSEA

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