Cuidado ambiental

Gobierno reglamentó Ley sobre Directrices Nacionales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible

El Poder Ejecutivo estableció los componentes de las directrices nacionales de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible. El texto define los principales usos del suelo a escala nacional, el sistema y subsistema urbano, la estructura vial y las disposiciones para los parques industriales o científico-tecnológicos, así como la coordinación con los Gobiernos departamentales para autorizar proyectos.

Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

El Gobierno de Tabaré Vázquez reglamentó la Ley n.º 19525, que contiene las directrices nacionales de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible, con la participación de técnicos de las direcciones nacionales de Ordernamiento Territorial, de Medio Ambiente, de Vivienda y de Aguas y representantes de los ministerios de Transporte y Obras Públicas, de Ganadería, Agricultura y Pesca y de Industria, Energía y Minería, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Congreso de Intendentes.

El texto instaura criterios, lineamientos y orientaciones generales para el suelo urbano y suburbano, como heterogeneidad residencial, densificación y recalificación de centralidades, localización de viviendas en áreas con infraestructura vacante y orientación para la adquisición pública de la cartera de inmuebles, así como previsiones para áreas inundables en zonas urbanizadas y no urbanizadas, para la consolidación urbana y para áreas de expansión urbana y usos logísticos.

Dispone, asimismo, la delimitación de las zonas de amortiguación para reducir el escurrimiento superficial de contaminantes, mitigar los procesos de erosión y recomponer las márgenes de los principales cursos y cuerpos de agua.

Además, establece previsiones para otros usos admisibles en suelo rural, como emplazamiento de energías autóctonas y renovables, para ámbitos de prioridad minera, áreas de protección de infraestructuras de energía y telecomunicaciones, áreas de exclusión de actividades incompatibles con la generación y transporte de energía y distancias para la ubicación de sitios de disposición final de residuos, así como para actividades productivas de alto impacto a los centros poblados.

A su vez, regula las disposiciones de los parques industriales o científico-tecnológicos y con las áreas de protección ambiental, a los efectos de que el ordenamiento territorial departamental se compatibilice con ellos.

“El Poder Ejecutivo y los Gobiernos departamentales, a través de los mecanismos que correspondan, establecerán los incentivos adecuados a efectos de impulsar las acciones y determinaciones de los instrumentos de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible”, señala.

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