Aumenta control ambiental

Planes de contingencia para responder a emergencias derivadas por agentes contaminantes

Uruguay aspira a contar con un nuevo marco legal, para lo que creará el Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes. El proyecto, que se encuentra en instancia legislativa, impulsa fundamentalmente tres acciones: amplía el concepto de agente contaminante, establece garantías y seguros de buques e incrementa el pago de multas y superficie donde rige la vigilancia para prevenir daños y perjuicios al medioambiente.

Buque en el Puerto

El proyecto de Ley  que modifica la Ley 16.688 se caracteriza por tres atributos.

 

El primero es que a diferencia del marco vigente actualmente en la Ley 16688, se amplía el ámbito de aplicación de este régimen y vigilancia ante posible contaminación de las aguas de jurisdicción nacional provenientes no sólo de buques, aeronaves y artefactos navales sino que también de fuentes terrestres.

 

El segundo es que amplía el régimen de prevención y vigilancia, no sólo a incidentes de contaminación ocasionados por hidrocarburos o sus derivados, sino que prevé la contaminación ocasionada por sustancias nocivas y potencialmente peligrosas. Es decir, se extiende a todo agente contaminante.

 

Finalmente, la tercera fortaleza es que en esta nuevo marco legal se introducen cambios a las garantías y seguros con que deben contar los buques que operen en aguas jurisdiccionales uruguayas, así como un régimen de multas mas especifico en función de volúmenes derramados si fueran hidrocarburos o derivados o de la gravedad de la contaminación,  si fueran las denominadas sustancias nocivas y potencialmente peligrosas. El monto de la multa es desde 1.000 a 10.000 Unidades Reajustables. 

La historia anterior

Uruguay es miembro de la Organización Marítima Internacional (OMI) desde el año 1978. Desde esa fecha ha ratificado una serie de convenios internacionales que rigen la navegación marítima en el mundo.

 

En el año 1994, el país adoptó el Convenio sobre Cooperación Internacional para la Preparación y la Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos (OPRC 90) mediante la Ley Nº 16.521; instrumento elaborado en el seno de la OMI a efectos de implementar la cooperación, preparación y lucha contra la contaminación Hidrocarburos. Se asumió desde entonces, el compromiso de desarrollar un Sistema Nacional de Preparación y Lucha contra la Contaminación, lo que determinó la creación de un plan nacional para estar preparados ante estos sucesos.

 

Ante ello, se creó el Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes mediante la Ley 16.688 del 22 de diciembre de 1994. La Prefectura Nacional Naval estableció pautas de prevención, organización y procedimientos para administrar una situación de derrame de contaminantes provenientes de buques, aeronaves y artefactos navales en el ámbito Marítimo Nacional.


Por ello, la PNN incluyó dentro de su estructura orgánica la Dirección de Protección de Medio Ambiente (DIRMA). Inicialmente mediante la emisión de una  Orden Interna PRENA y luego mediante la promulgación del Decreto del Poder Ejecutivo 348/08  del 21 de julio de 2008.

 

Hace más de una década, la Prefectura Nacional Naval implemento los primeros planes de contingencia para dar respuesta a las emergencias derivadas por derrames de hidrocarburos.

 

La adopción del “Protocolo sobre Cooperación, Preparación y Lucha contra los Sucesos de Contaminación por Sustancias Nocivas y Potencialmente Peligrosas, 2000” mediante la  Ley Nº 17.590 del  29 noviembre 2002 estableció obligaciones similares a las anteriores, pero en este caso, para las Sustancias Nocivas Potencialmente Peligrosas  (SNPP). Es cometido del Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes el desarrollo en todo su alcance.