Proyecto de ley sobre sueldos del Presidente y vicepresidente de la República
En nota de prensa realizada luego de la firma del fideicomiso de ANEP y CND realizada el 8 de setiembre en Torre Ejecutiva, el secretario de la Presidencia, Alberto Breccia mencionó los motivos que explican envío del proyecto de ley al Parlamento, que establecerá los ingresos nominales del Presidente y vicepresidente uruguayos. Adelantó que cualquier modificación que pueda sufrir estas remuneraciones será acordada previamente.

Breccia explicó que en diciembre de 1984, un decreto ley estableció los salarios líquidos del Presidente y el vicepresidente electos en ese momento y que los aportes a la seguridad social se realizarían por parte de Tesorería o Rentas Generales.
Cuando se efectuó el traspaso de gobierno en 1989, no se estableció una cifra determinada de nominal, sino que se continuó con los reajustes que se venían operando según el índice de precios al consumo, tal cual lo indicaba el decreto ley.
En el año 1994 se reiteró el mensaje del proyecto de ley y tampoco se estableció una cifra específica de dinero sino que se continuó con lo aplicado hasta el momento. Hacia 1999 no se envía ese mensaje de proyecto de ley, al igual que en 2004 y en 2009.
En consecuencia, el actual Gobierno resolvió subsanar la omisión que se ha venido reiterando, enviando al Parlamento el correspondiente proyecto de ley que establece los sueldos del Presidente y vicepresidente en forma nominal como el resto de los empleados públicos del país.
Con esta decisión, los aportes a la seguridad social se efectuarán del nominal y a través del inciso Presidencia y no por Renta Generales.
Breccia adelantó que las posibles modificaciones que puedan sufrir estos sueldos se estudiarán antes de enviar dicho proyecto al Poder Legislativo porque “sería deseable que hubiera un cierto acuerdo antes de enviar el proyecto al Parlamento para no estar discutiendo acerca de determinados montos de los representantes más importantes del país”, subrayó.