Ley promulgada

Uruguay y Panamá establecen convenio de cooperación en materia cultural y educativa

El Gobierno promulgó la Ley Nº 18.991 pertinente al Convenio de Cooperación Cultural y Educativa entre Uruguay y Panamá. El acuerdo reglamenta disposiciones para estudiantes, profesionales, docentes y especialistas en materia cultural y educativa. Además de establecer una comisión mixta encargada de diseñar los programas de intercambio, financiación y evaluación de estos. El convenio tendrá 5 años de duración.

Fachada del MEC

La Ley Nº 18.991 firmada por el Presidente José Mujica y los ministros de Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas y Educación y Cultura se basa en la necesidad de lograr un acuerdo que brinde un marco jurídico para realizar proyectos y programas de cooperación, intercambio, conocimiento y enriquecimiento mutuo en materia de cultura y educación entre los gobiernos de Uruguay y Panamá.

 

El texto indica que ambos países facilitarán el intercambio permanente de información, publicaciones y avances logrados e incluirá a todas las instituciones educativas y culturales. Además establece que ambos países otorgaran becas de grado y posgrado a estudiantes, profesionales, docentes y especialistas de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias.

 

En relación a los estudiantes explica que en los establecimientos de Enseñanza Media o Superior, estatales y no universitarios gozarán de la exención del pago de matrícula y de certificado de exámenes.

 

A fines de la ejecución del convenio se crea una comisión mixta en el área educativa y cultural integrada por representantes de los organismos competentes de los países firmantes. Esta comisión diseñará los programas de intercambio, establecerá la forma de financiación, evaluará periódicamente el progreso de los programas que tendrán 2 años de duración.

 

Actividades de intercambio 

Uruguay y Panamá fomentarán actividades que a criterio de ambos países resulten conducentes al cumplimiento de los fines del presente convenio. Entre otras actividades se destaca intercambio de solistas y elencos de artes escénicas como teatro, música y danza; exposiciones de artes plásticas y popular; muestras de cine, video y televisión; músicos y todas actividades y bienes relacionados con expresiones musicales; publicaciones y manuscritos, investigaciones y participación en congresos, seminarios, ferias, conferencias, festivales y encuentros científicos. 

 

Vigencia 

El convenio entrará en vigencia en la fecha de la última notificación del cumplimiento constitucional o legal y tendrá una duración de 5 años prorrogables por períodos iguales.

 

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