Uruguay ratificó con Rumania acuerdo que evita doble tributación y previene evasión fiscal
El Gobierno promulgó la ley 19.257 que ratifica el acuerdo definitivos entre los gobiernos de Uruguay y Rumania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal de impuestos a la renta y al patrimonio entre ambos estados. En nuestro país abarca a los impuestos sobre las rentas empresariales, personales, de los no residentes, de asistencia a la seguridad social y al patrimonio.

El texto rubricado el 14 de setiembre de 2012 y promulgado en agosto de 2014 indica que su aplicación afectará a los impuestos a la renta y el patrimonio exigible por cada uno de los Estados. Los tributos incluidos son aquellos que gravan la totalidad de la renta o patrimonio y los impuestos sobre las ganancias derivadas de la enajenación de la propiedad inmobiliaria o mobiliaria, así como sobre las plusvalías.
En particular se aplicará en Uruguay sobre el Impuesto a las Rentas Empresariales, el Impuesto a las Rentas Personales, el Impuesto a las Rentas de los No Residentes, el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social y el Impuesto al Patrimonio.
En Rumania se aplicará al impuesto sobre las rentas, impuestos sobre las utilidades y rentas de no residentes.
Al trigésimo día posterior a la fecha de la última notificación por vía diplomática de que se han cumplido los requerimientos legales internos, el convenio entrará en vigor y tendrá permanencia indefinida.
Características generales
Los problemas de doble tributación internacional surgen cuando dos países se encuentran involucrados en el cobro del impuesto a un mismo sujeto pasivo. Cuando el contribuyente es residente según las leyes de los países contratantes, o cuando el residente tiene la fuente de su ingreso fuera del país de residencia, se localiza el problema de fiscalidad internacional.
Los Estados, para resolver los casos de doble imposición internacional, firman acuerdos que contemplan los mecanismos de colaboración entre las administraciones tributarias a fin de detectar casos de evasión fiscal.
Mediante el uso de los convenios, los Estados renuncian a gravar determinadas ganancias y acuerdan que sea solo uno de los países el que cobre el impuesto, o en todo caso, que se realice una imposición compartida. Es decir, ambos países recaudan parte del impuesto total que debe pagar la persona.
En los convenios de doble tributación existen además otros fines de carácter secundario tales como: proteger a los contribuyentes evitando una carga excesiva; prevenir la discriminación y garantizar la igualdad de tratamiento entre nacionales y extranjeros; facilitar la expansión de las empresas en diferentes países; combatir la evasión y omisión de impuesto y promover la inversión en el país mediante la firma de los acuerdos.
Destaque oficial
En oportunidad de la gira oficial realizada en el año 2012, el ministro de Industria, Energía y Minería, Roberto Kreimerman, en declaraciones a la Secretaría de Comunicación, expresó que Rumania es un país posicionado en el ámbito internacional con un fuerte crecimiento económico e importante actualización industrial.
"Además coincide que es la puerta de ingreso de inversiones a la zona de Europa Oriental a través de los grandes puertos instalados sobre el Mar Negro", explicó Roberto Kreimerman.