Decreto 201/019 Incremento de la cuota mutual de sociedades médicas. Julio 2019

Se fija el crédito a que refiere el artículo 1 de la ley N° 19.302, del 29 de diciembre de 2014, en 22 puntos porcentuales de los ingresos correspondientes a la cuotas de afiliaciones individuales no vitalicias y en siete puntos porcentuales de los ingresos a las cuotas de afiliaciones colectivas por el período comprendido entre el 1 de julio de 2019 y el 31 de diciembre de 2019.

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