Decreto 237/023 Se prorroga por el plazo de ciento ochenta días a partir del 29 de abril de 2023, la vigencia de las tasas de aportación del artículo que se detalla
Se prorroga por el plazo de ciento ochenta días a partir del 29 de abril de 2023, la vigencia de las tasas de aportación previstas en el artículo 2° literal a) del numeral 1), y en el literal a) del numeral 2) del artículo 2 del Decreto n° 146/019, de 27 de mayo de 2019